CabecerasNotasAviso-EAL

Nota de aviso 57/2023 -26 de diciembre de 2023

Estimados/as compañeros/as:

Os presentamos la siguiente información de interés para empresas, trabajadores y autónomos:
PRÓRROGA TARIFA PLANA
Si iniciaste el derecho a la tarifa plana en enero de 2023, debes solicitar en diciembre de 2023 la prórroga de este beneficio sólo si estimas que en 2024 tus rendimientos serán inferiores al salario mínimo interprofesional.
GB9uSh0XoAA7TCS
Con carácter general, si disfrutaste de la tarifa plana con posterioridad al 1 de enero de 2023, podrás solicitar su prórroga 12 meses más. Solicita la prórroga desde Importass accediendo a tu área personal, aquí
L prácticas
RECORDATORIO COTIZACIÓN PRÁCTICAS FORMATIVAS NO REMUNERADAS
Como ya hemos ido adelantando en la Nota de Aviso EAL núm 56 y en el InfoEAL núm 146 a partir del 1 de enero de 2024 quedan incluidos en el sistema de la Seguridad Social los alumnos que realicen prácticas formativas o prácticas académicas externas incluidas en programas de formación en cumplimiento de la Disposición adicional quincuagésima segunda del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
Al objeto de mecanizar las altas y bajas de los alumnos en prácticas no remuneradas en el sistema RED, desde la Tesorería General de la Seguridad Social nos informan que está disponible desde el 15 de diciembre en CCC con TRL 993- PRACTICAS NO RETRIBUIDAS.
Cabe destacar los siguientes aspectos:
  • Se recuerda que la FRA deberá ser igual o posterior a 01.01.2024, fecha de entrada en vigor de la disposición adicional 52ª LGSS.
  • A través del Sistema RED, en la modalidad online, la funcionalidad Altas sucesivas y bajas realizará de forma correcta los controles pertinentes para la admisión de las altas.
  • En la modalidad de remesas, hasta que no se publique la versión 3.5.0 de SILTRA (prevista para el próximo 10 de enero), al validar los ficheros AFI en la versión 3.4.0 se emitirán errores exigiendo el Grupo de cotización, el contrato y, en su caso, la C.N.O. Estos errores deberán ignorarse y enviar el fichero, que será procesado y aplicado sin dichos errores sobre el Fichero General de Afiliación.

ÚLTIMOS AVISOS RED: MODIFICACIONES EN EL ÁMBITO INSS. AVISO TRABAJADORES DESPLAZADOS EN EL EXTRANJERO

  • MODIFICACIONES EN EL ÁMBITO DEL INSS El pasado 19 de diciembre se informó que a partir de la entrada en funcionamiento de la nueva versión de SILTRA 3.5.0, prevista para el 10 de enero de 2024, se va a admitir la acción “DE – Datos económicos” para los trabajadores del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos -RETA-.
F1PA1o0XsAADosC
Presentación1
  • Si no se cumplimentan los campos señalados como obligatorios -NAF, IPF, RÉGIMEN, PUESTO DE TRABAJO, ACCIÓN, FECHA BAJA, CONTINGENCIA y DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES- o no se incluye el segmento DEC, SILTRA no va a permitir el envío el fichero.
  • Si no se cumplimentan los campos condicionales Modalidad de contrato y Ocupación C.N.O., SILTRA dará un error, pero permite el envío del fichero.
  • Modificaciones en la validación de los campos PUESTO DE TRABAJO y DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES, en vigor a partir del 10.01.2024
En el apartado Sistema RED/INSS/Instrucciones Técnicas, se encuentran disponibles las versiones actualizadas de los ficheros FDI y FRI, con las modificaciones resaltadas sobre fondo gris.
  • AVISO A LOS TRABAJADORES DESPLAZADOS EN EL EXTRNAJERO. El pasado 22 de julio de 2023 se publicó en el B.O.E la Orden ISM/835/2023, de 20 de julio, por la que se regula la situación asimilada a la de alta en el sistema de la Seguridad Social de las personas trabajadoras desplazadas al extranjero al servicio de empresas que ejercen sus actividades en territorio español.
Afecta a los trabajadores por cuenta ajena desplazados fuera del territorio español que mantienen la relación laboral con una empresa radicada en España y abarca:

a) Desplazamiento de trabajadores a un país con el que España no haya formalizado un instrumento internacional en materia de seguridad social.
b) Desplazamiento de trabajadores a un país con el que España tiene formalizado instrumento internacional en materia de seguridad social, pero no resulte de aplicación por la nacionalidad del trabajador.
c) Situaciones donde se hayan agotado los periodos establecidos en los instrumentos internacionales para mantener la legislación española de seguridad social.

Duración:
  • Durante el periodo que dure el desplazamiento, sin límite temporal.
  • Cualquier nueva contratación que se produzca fuera de España conllevará la extinción de la situación asimilada al alta derivada de la aplicación de esta Orden, salvo que el contrato laboral sea formalizado para cumplir con la normativa local del país de destino y se establezca la primacía de la relación laboral española sobre la formalizada con la empresa del país de destino
Desplazamientos iniciados a partir de la entrada en vigor de la Orden ISM/835/2023, de 20 de julio. (A partir del 1 de noviembre 2023).
Las empresas que desplacen trabajadores a partir de la entrada en vigor de esta Orden, procederán a la identificación de dichos trabajadores mediante las SITUACIONES ADICIONALES –SAA- 150 y 151, a través del Sistema RED. Será necesario mantener el alta del trabajador en el CCC durante la situación asimilada al alta, así como identificar a través de la correspondiente SAA:
  • FECHA DESDE. Fecha inicio del desplazamiento. Obligatorio.
  • PAIS. País al que se realiza el desplazamiento. Obligatorio.
  • FECHA HASTA. Fecha prevista, en su caso, de finalización del desplazamiento.
Inicialmente será un dato opcional. No obstante, será obligatorio comunicar una fecha fin prevista en el plazo de seis meses desde que se produzca el desplazamiento. Si se hubiera anotado inicialmente la SITUACION ADICIONAL sin contenido en FECHA HASTA, deberá corregirse la SITUACION ADICIONAL en dicho plazo para informar de la fecha fin prevista de desplazamiento. Igualmente deberá corregirse la FECHA HASTA cuando se diese un cambio en la fecha prevista de finalización del desplazamiento.

Desplazamientos iniciados con anterioridad a partir de la entrada en vigor de la Orden ISM/835/2023, de 20 de julio (Antes del 1 de noviembre 2023)
De conformidad con la Disposición transitoria única, las empresas que cuenten con personas trabajadoras desplazadas al extranjero que, en la fecha de entrada en vigor de esta orden, se encuentren en la situación contemplada en el artículo 3.b deberán comunicar dicho desplazamiento a la Tesorería General de la Seguridad Social, en el plazo de seis meses contados desde la entrada en vigor de esta orden.
Dicha comunicación deberá realizarse a través de CASIA mediante el trámite:
Materia: Afiliación, Altas y Bajas/ Categoría: Anotación Trabajadores desplazados / subcategoría: OM ISM 835/2023 DISPOS.TRANSITORIA UNICA.
El desplazamiento del trabajador quedará identificado mediante las SAA 151- TRAB.DESPLAZADO NO ÁMBITO SUBJ.INST.INT.

Además de anotación de las SAA 150 y 151, se encuentra asimismo habilitado el siguiente trámite CASIA para la identificación de los trabajadores con SAA 151 en aplicación de la citada Disposición transitoria única.
Materia: Afiliación, Altas y Bajas/ Categoría: Anotación Trabajadores desplazados / subcategoría: OM ISM 835/2023 DISPOS.TRANSITORIA UNICA.
La comunicación mediante la modalidad de remesas requiere la modificación de los ficheros de Afiliación -AFI, FRA y CFA- para incluir el campo PAÍS. Dicho campo se ha incluido en el segmento ODL, siendo obligatorio.
A partir de la publicación de la nueva versión de SILTRA 3.5.0, prevista para el 10 de enero de 2024, estará disponible la mecanización a través de la modalidad de remesas.
En el apartado Sistema RED/RED Internet/Documentación RED Internet/Instrucciones Técnicas/Afiliación, se encuentran disponibles las versiones actualizadas de los ficheros AFI, FRA y CFA, con las modificaciones resaltadas sobre fondo gris.
Próximamente se informará al respecto de la identificación de desplazamientos para los supuestos previstos en los apartados c y d del artículo 3-SAAs 152, 153 y 154.
1703061365704

eSTADISS. ACCESO A LOS DATOS ESTADÍSTICOS DEL INSS SOBRE PENSIONES Y PRESTACIONES.

El Instituto Nacional de la Seguridad Social ofrece a los ciudadanos acceder a los datos estadísticos sobre la nómina de pensiones contributivas y de prestaciones familiares de pago periódico del Sistema de la Seguridad Social.
Los datos pueden exportarse a un fichero excel.
Esperamos que esta información os resulte de utilidad y quedamos, como siempre, a vuestra disposición.

EAL-CGE
Web: www.eal.economistas.es
E-mail: eal@consejo.economistas.org
favicon_512.fw
facebook twitter linkedin 
No imprimir si no es necesario. Protejamos el Medio Ambiente. Este mensaje contiene información privada y confidencial dirigida únicamente a su destinatario. Si Ud. ha recibido este mensaje por error, le informamos que su uso no autorizado está prohibido legalmente, por lo que le rogamos que lo comunique al remitente por la misma vía y proceda a eliminarlo.
Email Marketing Powered by MailPoet