CabecerasNotasAviso-EAL
Nota de aviso 47/2023 -27 de octubre de 2023
Estimados/as compañeros/as:

Os presentamos la siguiente información de interés para empresas, trabajadores y autónomos:
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PUBLICADO CALENDARIO LABORAL 2024
Hoy, 27 de octubre, se ha publicado en el boletín oficial del Estado número 257, la Resolución de 23 de octubre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se publica la relación de fiestas laborales para el año 2024.
Esta resolución recoge un total de 12 días festivos nacionales, de los que 9 se celebrarán de forma conjunta en toda España.
A los días festivos nacionales siempre hay que sumar dos festivos autonómicos y dos locales, hasta sumar un total de 16 días festivos al año.
PUBLICADAS LAS BASES DE COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL EN EL REGIMÉN ESPECIAL DE LA MINERÍA DEL CARBON
Hoy, 27 de octubre, se ha publicado la Orden ISM/1164/2023, de 20 de octubre, por la que se fijan para el ejercicio 2023 las bases normalizadas de cotización a la Seguridad Social, por contingencias comunes, en el Régimen Especial de la Seguridad Social para la Minería del Carbón.
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Esta Orden que entra hoy en vigor, se compone de un artículo único , una disposición adicional única que establece un plazo especial, dos disposiciones finales y un anexo que recoge el detalle de las bases de cotización por contingencias comunes en el Régimen Especial de la Seguridad Social para la Minería del Carbón, normalizadas para cada una de las categorías y especialidades profesionales, que han de aplicarse durante el ejercicio 2023 para cada una de las zonas mineras: Asturias, zona Noroeste y zona Centro-Levante.
Se establece un plazo especial para el ingreso de las diferencias que resulten de la aplicación de las bases que se fijan en esta orden, respecto de aquellas por las que se ha venido cotizando durante los meses transcurridos del ejercicio 2023, hasta el mes anterior al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Este plazo se publicará proximamente en el BOE mediante resolución de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social y Pensiones. (Disposición adicional única).
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NUEVOS SERVICIOS SEDE ELECTRÓNICA DE LA SEGURIDAD SOCIAL
Se han habilitado dos nuevos servicios en la sede electrónica de la Seguridad Social en el apartado empresas y que facilita trámites de cotización y recaudación que a continuación os presentamos:
  • Consulta de recibos emitidos para el Sistema Especial de Trabajadores Agrarios en situación de inactividad. Este servicio pone a disposición de los trabajadores por cuenta ajena agrarios en periodos de inactividad, como sujetos obligados al pago, la posibilidad de consultar los recibos de liquidación mensuales en los que se detalla la información relativa a las cuotas de Seguridad Social. (Más información, aquí).
  • Consulta de recibos emitidos de Convenios Especiales - Empresas. Permite consultar los recibos de liquidación emitidos a la empresa responsable de pago del convenio o a su apoderado persona jurídica, tanto el recibo que vaya a emitirse en el mes en que se realice la consulta como otros de períodos anteriores. (Más información, aquí)
CONVENIOS ESPECIALES CON LA SEGURIDAD SOCIAL
Se configuran como una situación asimilada al alta, que deriva de un acuerdo de voluntades entre el suscriptor y la Tesorería General de la Seguridad Social, con obligación del suscriptor de abonar a su exclusivo cargo las cuotas que correspondan, con el fin de conservar el derecho a la cobertura de las prestaciones por las contingencias cubiertas en el convenio especial, permite seguir cotizando al Régimen de la Seguridad Social en cuyo ámbito se suscriba el convenio y beneficiarse de las coberturas fijadas en convenio, tales como incapacidad permanente, muerte y supervivencia derivadas de enfermedad común y accidente no laboral, jubilación y servicios sociales.
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Con carácter general, quedan excluidos los subsidios por Incapacidad Temporal, nacimiento y cuidado del menor y riesgo durante el embarazo, la protección por Desempleo, Fondo de Garantía Salarial y Formación Profesional.
Excepciones: convenios ERE en los que la cotización es a cargo de la empresa, hasta el cumplimiento de los 61 o 63 años del trabajador incluido en el ERE o los convenios de cuidadores no profesionales que actualmente son financiados por el IMSESO.
Esperamos que esta información os resulte de utilidad y quedamos, como siempre, a vuestra disposición.

EAL-CGE
Web: www.eal.economistas.es
E-mail: eal@consejo.economistas.org
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