CabecerasNotasAviso-EAL

Nota de aviso 10/2024 -20 de febrero de 2024

Estimados/as compañeros/as:

Os presentamos la siguiente información de interés para empresas, trabajadores y autónomos:
RECORDATORIO VIVESS. APLICACIÓN PARA ACREDITAR LA VIVENCIA PARA PENSIONISTAS QUE RESIDEN EN EL EXTRANJERO
Os recordamos que para evitar la suspensión de las pensiones de Seguridad Social es necesario remitir anualmente, en los tres primeros meses del año, una FE de VIDA y Estado al organismo que remite la pensión, la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social cuya dirección se puede localizar aquí.
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Con esta nueva aplicación móvil, VIVESS, el Instituto Nacional de la Seguridad Social ofrece a los pensionistas residentes en el extranjero la posibilidad de realizar el trámite anual de acreditación de la vivencia de forma fácil y cómoda desde su teléfono, evitando desplazamientos a través de mecanismos biométricos.
Descárgate la app en:
🍏https://lnkd.in/dqasc9NX
📱https://lnkd.in/deDrBWpC
A continuación, un vídeo explicativo elaborado por el INSS:
Las certificaciones de Fe de Vida y Estado se expiden en los Consulados Generales de España, mediante comparecencia del interesado. Los pensionistas no españoles también pueden realizar este trámite en los Consulados Generales de España, previo pago de las tasas legalmente establecidas.
En el caso de no poder desplazarse al Consulado General correspondiente a su demarcación, aquí puedes acceder al listado.
Este año, el plazo de acreditación de la vivencia es desde el 1 de enero hasta el 31 de marzo de 2024, los pensionistas podrán realizar este trámite por los medios habituales anteriormente indicados , es decir, enviando el documento original de su Fe de Vida a la Dirección Provincial que gestiona su pensión, o bien compareciendo en persona o por videoconferencia ante la Consejería de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social de España con sede en determinados países o podrán utilizar esta nueva aplicación basada en el reconocimiento facial.
Esta aplicación se encuentra ya disponible para su descarga de forma gratuita en la plataforma de aplicaciones móviles Google Play -para smartphone con sistema operativo Android- o en App Store si su dispositivo es iOS. Una vez instalada, podrás registrarte para realizar el trámite de acreditación de la vivencia a partir del 1 de enero de 2024 sin necesidad de realizar ningún desplazamiento ni envío postal.
Para registrarte en el sistema puedes identificarte con el DNI o NIE español o con el número de tu expediente, que figura en las cartas que se enviarán a los interesados para informar del lanzamiento de esta nueva app.
Para completar el proceso de registro, hay que identificarse con el DNI, pasaporte o el documento de identidad que corresponda según el país de residencia, y seguir los pasos que irán apareciendo.
El proceso de registro es único y válido para todos los años por lo que no hay que repetir este paso cuando vaya a acreditar su vivencia en el futuro.
Esta aplicación móvil es un sistema seguro y fiable que permite, además, confirmar el proceso inmediatamente con un justificante de la acreditación de la vivencia. Días después de realizado el trámite recibirá en la app una certificación del INSS acreditativa de haber cumplido este trámite.
Importante: este trámite está destinado exclusivamente a los pensionistas que residen en el extranjero, si reside en España no tendrá que realizarlo. El INSS va a informar a estos pensionistas residentes en el extranjero, del lanzamiento de esta nueva app a través de una carta y un tríptico que explica cómo funciona, con enlaces para poder descargar la app y visualizar un video tutorial.
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RECORDATORIO AUTÓNOMOS. EL PRÓXIMO 29 DE FEBRERO FINALIZA PLAZO SOLICITUD BASE DE COTIZACIÓN MÁXIMA

En el boletín de noticias RED 3/2024 de 6 de febrero, se informa que se ha habilitado un nuevo trámite en CASIA denominado Solicitud Base de Cotización Máxima, que permite solicitar a los trabajadores incluidos en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos que a 1 de enero de 2024 viniesen cotizando por la base máxima de los tramos 11 y 12 de la tabla general para el año 2023 equivalente a 4.495,50€ cualquier base de cotización que se encuentre comprendida entre la base por la que vinieren cotizando (4.495,50€) y la base máxima de los tramos 11 y 12 de la tabla general que, para el año 2024, establece la citada Orden (4.720,50€.)
Dicha solicitud tendrá efectos del 1 de enero 2024.
Este trámite estará operativo hasta el 29 de febrero de 2024 (último día del mes siguiente al de la publicación de la Orden de cotización en el BOE).
En caso de que los autónomos no actualicen sus bases de cotización a la nueva base máxima antes del 29 de febrero, deberán esperar hasta el 1 de marzo para comenzar a pagar la cuota máxima a la Seguridad Social. En estos casos será necesario realizar una solicitud de cambio de base de cotización dentro de la posibilidad que se ofrece a este colectivo de modificar este concepto hasta seis veces al año:
  • 1 de marzo, si la solicitud se formula entre el 1 de enero y el último día natural del mes de febrero.
  • 1 de mayo, si la solicitud se formula entre el 1 de marzo y el 30 de abril.
  • 1 de julio, si la solicitud se formula entre el 1 de mayo y el 30 de junio.
  • 1 de septiembre, si la solicitud se formula entre el 1 de julio y el 31 de agosto.
  • 1 de noviembre, si la solicitud se formula entre el 1 de septiembre y el 31 de octubre.
  • 1 de enero del año siguiente, si la solicitud se formula entre el 1 de noviembre y el 31 de diciembre
Más información sobre las normas de cotización a la Seguridad Social (ver Nota de aviso EAL nº 5/2024)
Esperamos que esta información os resulte de utilidad y quedamos, como siempre, a vuestra disposición.

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Web: www.eal.economistas.es
E-mail: eal@consejo.economistas.org
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