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Nota de aviso - 7/ 2023 de 31 de enero de 2023
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Estimados/as compañeros/as:
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Os presentamos la siguiente información de interés para empresas, trabajadores y autónomos:
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NORMAS LEGALES SOBRE COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL, DESEMPLEO, PROTECCIÓN POR CESE DE ACTIVIDAD, FONDO DE GARANTÍA SALARIAL Y FORMACIÓN PROFESIONAL PARA EL EJERCICIO 2023.
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Hoy, 31 de enero, se ha publicao en el BOE la Orden PCM/74/2023, de 30 de enero, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio 2023. (Acceso a normativa BOE).
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Desde el 1 de enero de 2023, la cotización al Régimen General por contingencias comunes estará limitada para cada grupo de categorías profesionales por las siguientes bases mínimas y máximas, datos provisionales mientras no se apruebe el salario mínimo interprofesional para 2023
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BASES DE COTIZACIÓN CONTINGENCIAS COMUNES
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CONTINGENCIAS |
EMPRESA |
TRABAJADORES |
TOTAL |
Comunes |
23,60 |
4,70 |
28,30 |
Horas Extraordinarias Fuerza Mayor |
12,00 |
2,00 |
14,00 |
Resto Horas Extraordinarias |
23,60 |
4,70 |
28,30 |
- Los contratos de duración determinada por tiempo inferior a 30 días tendrán una cotización adicional a cargo del empresario que se abonará a su finalización, y que durante el año 2023 tendrá un importe de 27,53 €. Esta cotización adicional no se aplicará a los contratos celebrados con trabajadores incluidos en el Sistema Especial para trabajadores Cuenta Ajena Agrarios, en el Sistema Especial de Empleados de Hogar o en el Régimen Especial para la Minería del Carbón, ni a los contratos por sustitución.
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El Mecanismo de Equidad Intergeneracional es una importante novedad en gestión de nóminas que introduce un nuevo tipo de cotizacióna aplicar desde el 1 de enero de este año en las nóminas de todos los trabajadores por cuenta ajena, y también lo abonarán sus empresas empleadoras, sin excepción, así como a los profesionales autónomos.: el 0,6 por ciento aplicable sobre labase de cotización por contingencias comunes, del que el 0,5 por ciento será a cargo de la empresa y el 0,1 por ciento, a cargo del trabajador.
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- Horas extraordinarias: motivadas por fuerza mayorse efectuará aplicando el tipo del 14,00 por ciento, del que el 12,00 porciento será a cargo de la empresa y el 2,00 por ciento, a cargo del trabajador.
- Fondo de Garantía Salarial: 0,20 por ciento, queserá a cargo exclusivo de la empresa.
- Formación profesional: el 0,70 por ciento,del que el 0,60 por ciento será a cargo de la empresa y el 0,10 porciento, a cargo del trabajador.
Contratación indefinida, incluidos los contratos indefinidos a tiempo parcial y fijos discontinuos, contratación de duración determinada en las modalidades de contratos formativos en prácticas y para la formación y el aprendizaje, de relevo, interinidad y contratos, cualquiera que sea la modalidad, realizados con trabajadores discapacitados
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Contrato duración determinada Tiempo Completo:
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Contrato duración determinada Tiempo Parcial:
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EMPRESA |
TRABAJADORES |
TOTAL |
FOGASA: |
0,20 |
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0,20 |
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EMPRESA |
TRABAJADORES |
TOTAL |
FORMACIÓN PROFESIONAL |
0,60 |
0,10 |
0,70 |
TOPES COTIZACIÓN DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES
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- MÁXIMO: 4.495,50
- MÍNIMO: 1.166,70
CONTRATO DE TRABAJO A TIEMPO PARCIAL
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GRUPO COTIZACIÓN |
BASE MÍNIMA/HORA |
1 |
9,82 |
2 |
8,14 |
3 |
7,08 |
4 a 11 |
7,03 |
La cotización a la Seguridad Social por los contratos de formación consistirá en una cuota única mensual distribuida de la siguiente forma:
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COTIZACIÓN POR CONTRATOS PARA LA FORMACIÓN Y EL APRENDIZAJE
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Concepto |
Empresa |
Trabajador |
Total |
Por Contingencias Comunes |
47,28 € |
9,43 € |
56,71 € |
Por Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales |
IT (Incapacidad Temporal) 3,64 € IMS (Incapacidad, Muerte y Supervivencia) 2,87 € (euros) |
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6,51 € |
Desempleo (*) |
64,17 € |
18,08 € |
82,25 € |
Fondo de Garantía Salarial |
3,59 € |
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3,59 € |
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GRUPO COTIZACIÓN |
BASE MÍNIMA/HORA |
1 |
9,82 |
2 |
8,14 |
3 |
7,08 |
4 a 11 |
7,03 |
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COTIZACIÓN RÉGIMEN ARTÍSTICO
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RETRIBUCIONES ÍNTEGRAS EUROS/DÍA Hasta 509,00€ 299,00€ Entre 509,01€ y 915,00€ 377,00€ Entre 915,01 y 1532,00€ 450,00€ Mayor de 1531,00€ 598,00€
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COTIZACIÓN PROFESIONALES TAURINOS
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Grupo de cotización 1 1.378,00€/día Grupo de cotización 2 1.278,00€/día Grupo de cotización 3 959,00€/día Grupo de cotización 4 573,00€/día
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Tope máximo de la base de cotización: 4.495,50 euros mensuales.
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REGIMEN ESPECIAL DE EMPLEADAS DE HOGAR
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Desde 269,01 hasta 418,00
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Desde 418,01 hasta 568,00
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Desde 568,01 hasta 718,00
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Desde 718,01 hasta 869,00
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Desde 869,01 hasta 1.017,00
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Desde 1.017,01 hasta 1.166,669
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Reducciones/bonificaciones cotizaciones empleadas de hogar:
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- Reducción del 20 por ciento en la aportación empresarial a la cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes en este sistema especial.
- Bonificación del 80 por ciento en las aportaciones empresariales a la cotización por desempleo y al Fondo de Garantía Salarial en ese sistema especial.
- Bonificación del 45 por ciento en la aportación empresarial a la cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes en este sistema especial, en el caso de familias numerosas que tengan contratado o contraten a un empleado de hogar antes del 1 de abril de 2023, en los términos previstos en el artículo 9 de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de protección a las familias numerosas (incompatible con la reducción en la cotización del 20%).
- Las bonificaciones por la contratación de empleados del hogar en familias numerosas que se estuvieran aplicando el 1 de abril de 2023, en los términos previstos en el artículo 9 de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, mantendrán su vigencia hasta la fecha de efectos de la baja de los cuidadores que den derecho a las mismas en el Régimen General de la Seguridad Social.
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AYUDAS E INCENTIVOS PARA EMPRESAS
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Desde la web de PlataformaPyme dependiente del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo te presentamos el listado de ayudas e incentivos a empresas recientemente publicadas.
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Esperamos que esta información os resulte de utilidad y quedamos, como siempre, a vuestra disposición.
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