CabecerasNotasAviso-EAL
Nota de aviso - 7/ 2023 de 31 de enero de 2023
Estimados/as compañeros/as:

Os presentamos la siguiente información de interés para empresas, trabajadores y autónomos:
dOMINÓ
NORMAS LEGALES SOBRE COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL, DESEMPLEO, PROTECCIÓN POR CESE DE ACTIVIDAD, FONDO DE GARANTÍA SALARIAL Y FORMACIÓN PROFESIONAL PARA EL EJERCICIO 2023.
Hoy, 31 de enero, se ha publicao en el BOE la Orden PCM/74/2023, de 30 de enero, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio 2023. (Acceso a normativa BOE).
Desde el 1 de enero de 2023, la cotización al Régimen General por contingencias comunes estará limitada para cada grupo de categorías profesionales por las siguientes bases mínimas y máximas, datos provisionales mientras no se apruebe el salario mínimo interprofesional para 2023
BASES DE COTIZACIÓN CONTINGENCIAS COMUNES
Presentación1

TIPOS DE COTIZACIÓN (%)
CONTINGENCIAS EMPRESA TRABAJADORES TOTAL
Comunes 23,60 4,70 28,30
Horas Extraordinarias Fuerza Mayor 12,00 2,00 14,00
Resto Horas Extraordinarias 23,60 4,70 28,30
  • Los contratos de duración determinada por tiempo inferior a 30 días tendrán una cotización adicional a cargo del empresario que se abonará a su finalización, y que durante el año 2023 tendrá un importe de 27,53 €. Esta cotización adicional no se aplicará a los contratos celebrados con trabajadores incluidos en el Sistema Especial para trabajadores Cuenta Ajena Agrarios, en el Sistema Especial de Empleados de Hogar o en el Régimen Especial para la Minería del Carbón, ni a los contratos por sustitución.
  • El Mecanismo de Equidad Intergeneracional es una importante novedad en gestión de nóminas que introduce un nuevo tipo de cotizacióna aplicar desde el 1 de enero de este año en las nóminas de todos los trabajadores por cuenta ajena, y también lo abonarán sus empresas empleadoras, sin excepción, así como a los profesionales autónomos.: el 0,6 por ciento aplicable sobre labase de cotización por contingencias comunes, del que el 0,5 por ciento será a cargo de la empresa y el 0,1 por ciento, a cargo del trabajador.
  • Horas extraordinarias: motivadas por fuerza mayorse efectuará aplicando el tipo del 14,00 por ciento, del que el 12,00 porciento será a cargo de la empresa y el 2,00 por ciento, a cargo del trabajador.
  • Fondo de Garantía Salarial: 0,20 por ciento, queserá a cargo exclusivo de la empresa.
  • Formación profesional: el 0,70 por ciento,del que el 0,60 por ciento será a cargo de la empresa y el 0,10 porciento, a cargo del trabajador.
DESEMPLEO
Tipo General:
Contratación indefinida, incluidos los contratos indefinidos a tiempo parcial y fijos discontinuos, contratación de duración determinada en las modalidades de contratos formativos en prácticas y para la formación y el aprendizaje, de relevo, interinidad y contratos, cualquiera que sea la modalidad, realizados con trabajadores discapacitados
EMPRESA 5,50
TRABAJADORES 1,55
TOTAL 7,05

Contrato duración determinada Tiempo Completo:
EMPRESA 6,70
TRABAJADORES 1,60
TOTAL 8,30

Contrato duración determinada Tiempo Parcial:
EMPRESA 6,70
TRABAJADORES 1,60
TOTAL 8,30




EMPRESA TRABAJADORES TOTAL
FOGASA: 0,20 0,20
EMPRESA TRABAJADORES TOTAL
FORMACIÓN PROFESIONAL 0,60 0,10 0,70
TOPES COTIZACIÓN DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES
  • MÁXIMO: 4.495,50
  • MÍNIMO: 1.166,70
CONTRATO DE TRABAJO A TIEMPO PARCIAL

GRUPO COTIZACIÓN BASE MÍNIMA/HORA
1 9,82
2 8,14
3 7,08
4 a 11 7,03
La cotización a la Seguridad Social por los contratos de formación consistirá en una cuota única mensual distribuida de la siguiente forma:

COTIZACIÓN POR CONTRATOS PARA LA FORMACIÓN Y EL APRENDIZAJE
Concepto Empresa Trabajador Total
Por Contingencias Comunes 47,28 € 9,43 € 56,71 €
Por Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales IT (Incapacidad Temporal)
3,64 € IMS (Incapacidad, Muerte y Supervivencia)
2,87 € (euros)
6,51 €
Desempleo (*) 64,17 € 18,08 € 82,25 €
Fondo de Garantía Salarial 3,59 € 3,59 €
GRUPO COTIZACIÓN BASE MÍNIMA/HORA
1 9,82
2 8,14
3 7,08
4 a 11 7,03
COTIZACIÓN RÉGIMEN ARTÍSTICO
RETRIBUCIONES ÍNTEGRAS EUROS/DÍA
Hasta 509,00€ 299,00€
Entre 509,01€ y 915,00€ 377,00€
Entre 915,01 y 1532,00€ 450,00€
Mayor de 1531,00€ 598,00€
COTIZACIÓN PROFESIONALES TAURINOS

Grupo de cotización 1 1.378,00€/día
Grupo de cotización 2 1.278,00€/día
Grupo de cotización 3 959,00€/día Grupo de cotización 4 573,00€/día
AUTÓNOMOS

Tope máximo de la base de cotización: 4.495,50 euros mensuales.
Cuadro autónomos
REGIMEN ESPECIAL DE EMPLEADAS DE HOGAR

Tramo
Retribución mensual
Euros/mes
Base de cotización
Euros/mes
1.°
Hasta 269,00
250,00
2.°
Desde 269,01 hasta 418,00
357,00
3.°
Desde 418,01 hasta 568,00
493,00
4.°
Desde 568,01 hasta 718,00
643,00
5.°
Desde 718,01 hasta 869,00
794,00
6.°
Desde 869,01 hasta 1.017,00
943,00
7.°
Desde 1.017,01 hasta 1.166,669
1.166,70
8.°
Desde 1.166,67
Retribución mensual
Reducciones/bonificaciones cotizaciones empleadas de hogar:
  • Reducción del 20 por ciento en la aportación empresarial a la cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes en este sistema especial.
  • Bonificación del 80 por ciento en las aportaciones empresariales a la cotización por desempleo y al Fondo de Garantía Salarial en ese sistema especial.
  • Bonificación del 45 por ciento en la aportación empresarial a la cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes en este sistema especial, en el caso de familias numerosas que tengan contratado o contraten a un empleado de hogar antes del 1 de abril de 2023, en los términos previstos en el artículo 9 de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de protección a las familias numerosas (incompatible con la reducción en la cotización del 20%).
  • Las bonificaciones por la contratación de empleados del hogar en familias numerosas que se estuvieran aplicando el 1 de abril de 2023, en los términos previstos en el artículo 9 de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, mantendrán su vigencia hasta la fecha de efectos de la baja de los cuidadores que den derecho a las mismas en el Régimen General de la Seguridad Social.
AYUDAS E INCENTIVOS PARA EMPRESAS

Desde la web de PlataformaPyme dependiente del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo te presentamos el listado de ayudas e incentivos a empresas recientemente publicadas.



Esperamos que esta información os resulte de utilidad y quedamos, como siempre, a vuestra disposición.

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Web: www.eal.economistas.es
E-mail: eal@economistas.org
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