CabecerasNotasAviso-EAL
Nota de aviso -30 de noviembre de 2022
Estimados/as compañeros/as:

Os presentamos la siguiente información de interés para empresas, trabajadores y autónomos
PUBLICACIÓN BOE REAL DECRETO QUE REGULA EL REGISTRO GENERAL DE MEJORAS TÉCNICAS EN EXPLOTACIONES Y MODIFICA NORMAS EN MATERIA AGRARIA
Hoy, 29 de noviembre, Real Decreto 988/2022, de 29 de noviembre, por el que se regula el Registro General de las Mejores Técnicas Disponibles en Explotaciones y el soporte para el cálculo, seguimiento y notificación de las emisiones en ganadería, y se modifican diversas normas en materia agraria. (Acceso a normativa BOE)
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Este Real Decreto que regula el registro general de las Mejores Técnicas Disponibles (MTD) en explotaciones ganaderas, así como el soporte para el cálculo, seguimiento y notificación de las emisiones en ganadería, entrará en vigor el próximo 2 de enero, establece la estructura de este registro y el contenido mínimo de la información que los ganaderos deben comunicar a las administraciones públicas sobre la estimación de sus emisiones y la aplicación de las MTD, en consonancia con las obligaciones establecidas en los reales decretos de ordenación ganadera.
Para facilitar esta tarea, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación pone a disposición de los ganaderos la herramienta Ecogan, un sistema informatizado de intercambio de información, cuya adhesión por parte de las comunidades autónomas es voluntaria y permite conocer el grado de implantación de las mejores técnicas disponibles en las granjas españolas, y posibilitará que el efecto de la reducción de emisiones, derivado de la aplicación de dichas técnicas, se refleje en los informes que anualmente publica el Sistema Español de Inventario (SEI), con validez comunitaria e internacional.
Incorpora una serie de obligaciones de los titulares de granjas incluidas en el ámbito de aplicación de la norma, tales como comunicar a las autoridades competentes de las Comunidades Autónomas, de los datos del Anexo I (datos mínimos que contendrá el Registro General de las MTDs en explotaciones ganaderas aplicadas en la granja), que correspondan en función de la especie ganadera (porcino y avícola, en principio), para la notificación de las MTDs de cada una de las granjas que estén bajo su responsabilidad, con la información de la situación del año anterior.
Estos datos son los relativos al conjunto de la granja; a la información particular sobre las características medio ambientales de la granja; a la producción y alimentación de los animales; al almacenamiento y gestión del estiércol sólido o y líquido (purín) desde los alojamientos; a los consumos de energía y de agua, y a la gestión de las aguas residuales
Los datos del Anexo I facilitados por el titular de la granja, se realizarán en base a las categorías de animales establecidas en el Anexo II de este Real Decreto, de acuerdo con los Documentos Zootécnicos por los que se establece el Balance Alimentario del Nitrógeno y Fósforo en la ganadería, y la comunicación tendrá la consideración de una declaración responsable, mediante la cual el titular de la granja manifiesta que, bajo su responsabilidad, cumple los requisitos establecidos en la normativa vigente; que dispone de la documentación que así lo acredita; que la pondrá a disposición de la autoridad competente cuando le sea requerida, y que se compromete a mantener el cumplimiento de las anteriores obligaciones durante el período de tiempo inherente a dicho reconocimiento o ejercicio.
Además, todos los titulares de las granjas contempladas en el ámbito de aplicación de este real decreto tendrán que actualizar, anualmente, y antes del 1 de marzo, al menos, los datos obligatorios del Anexo I, que habrán de ser coherentes con los comunicados por el mismo a otros inventarios y registros que le sean de aplicación legal.
Asimismo, el titular de la granja tendrá a disposición de las autoridades competentes, el archivo de los datos del Anexo I, durante un período mínimo de cinco años, a partir del final del año de referencia de que se trate, salvo que otra normativa más específica indique otro período superior.
En este caso, la autoridad competente podrá requerir al titular de la granja la información complementaria que estime necesaria para comprobar la concordancia entre la documentación existente y los datos comunicados, como, por ejemplo: características de la instalación, del proceso, régimen de funcionamiento, uso de combustibles, producción, suministros y consumos, así como del método utilizado para determinar las emisiones.
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GUÍA PERMISOS Y PRESTACIONES TRABAJADORES DEL MAR. ISM EN TU BOLSILLO.
El Régimen Especial de Trabajadores del Mar (RETM) que integra tanto a trabajadores por cuenta propia como ajena, comprometido con la igualdad efectiva entre hombres y mujeres , gestiona a través del Instituto Social de la Marina las prestaciones económicas a las que tienen derecho los trabajadores y trabajadoras del mar y acaba de publicar una guía al respecto que a continuación te presentamos:
Esta Guía recoge la normativa, trámites, derechos y prestaciones de los trabajadores del mar referidos a nacimiento, corresponsabilidad en el cuidado del lactante, riesgo durante el embarazo, riesgo durante la lactancia natural y cuidado del menor afectado de cáncer u otra enfermedad grave.
Te recordamos que los trabajadores del mar, tienen una aplicación informática "ISM en tu bolsillo" para facilitar la realización de todos los trámites y gestiones con el Instituto Social de la Marina a través de la propia aplicación.
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Esta aplicación te permitirá:
  • Acceder a distintos servicios personalizados en función de la situación en el Régimen Especial del Mar:
    • En el área de Sanidad Marítima: Podrás descargar, entre otros, tus informes médicos y certificados (Certificado Médico de Aptitud para el Embarque, informes médicos, espirometrías, analíticas, etc.), así como, acceder al servicio de localización de buques hospital.
    • En materia de Seguridad Social: Podrás acceder al Simulador de jubilación “JUBIMAR” y descargar tus informes y certificados (vida laboral, situación actual del trabajador, COE, datos de cotización, etc.).
    • En cuanto a Formación marítima y sanitaria: Podrás realizar solicitudes de formación y obtener información y tramitar tus gestiones en relación con el certificado de formación sanitaria específica.
  • Otros: También podrás solicitar tu Tarjeta Sanitaria Europea, así como, la de tus beneficiarios; solicitar cita previa para el reconocimiento médico de embarque marítimo o para otras gestiones que necesites realizar en nuestras oficinas, y utilizar el servicio de localización de oficinas.
  • Presentar solicitudes y documentos por Registro Electrónico.
  • Utilizar el buzón de consultas, plantear las dudas que tengas sobre tus gestiones con el Instituto Social de la Marina.
  • Acceder a los avisos que recibirás en relación con la caducidad de tu Certificado de Aptitud para el Embarque, de actualización del COE; de recordatorio de nuevo reconocimiento o de nueva respuesta en el Buzón de Consultas.
  • Acceder a los certificados o informes que te hayas descargado previamente a través del menú servicios, para tenerlos disponibles en cualquier momento y lugar, incluso cuando no dispongas de conexión a internet.
Esperamos que esta información os resulte de utilidad y quedamos, como siempre, a vuestra disposición.

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Web: www.eal.economistas.es
E-mail: eal@economistas.org
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