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Nota de aviso 25/2023 -6 de junio de 2023

Estimados/as compañeros/as:

Os presentamos la siguiente información de interés para empresas, trabajadores y autónomos:
Oposiciones
ÚLTIMAS PUBLICACIONES BOE . PLAN ANUAL PARA EL FOMENTO DEL EMPLEO DIGNO 2023 Y FONDO EUROPEO PLUS.
Hoy, 6 de junio, se han publicado dos resoluciones que aprueban sendos documentos reconocidos anteriormente en Consejo de Ministros de interés para empresas, trabajadores y autónomos:
  • Resolución de 29 de mayo de 2023, de la Secretaría de Estado de Empleo y Economía Social, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 23 de mayo de 2023, por el que se aprueba el Plan Anual para el Fomento del Empleo Digno 2023 (PAFED 2023) (Acceso BOE)
El Consejo de Ministros en su reunión del día 23 de mayo de 2023 adoptó el Acuerdo por el que se aprueba el Plan Anual para el Fomento del Empleo Digno 2023, según lo establecido en el artículo 13.2 de la Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo.
Este Plan inculído en el anexo de esta Resolución consta de 31 programas y servicios propios distribuidos en seis ejes fundamentales junto con cinco anexos, que se refieren, respectivamente a los servicios y programas de apoyo activo al empleo (anexos I y II), a la dotación presupuestaria (anexo III), a los indicadores para la evaluación del Plan (anexo IV) y, como novedad en este Plan 2023, al programa de transversalización de la igualdad de género en las políticas activas de empleo (anexo V).
Plan Anual para el Fomento del Empleo Digno 2023
1. Introducción.
2. Análisis de contexto: situación actual del mercado de trabajo.
3. Marco estratégico.
4. Estructura y objetivos.
5. Criterios de elaboración.
6. Servicios y programas de políticas de activación para el empleo.
7. Financiación.
8. Evaluación.


Anexos:
Anexo I. Programas y servicios por ejes.
Anexo II. Resumen general por comunidades autónomas: servicios y programas a
realizar.
Anexo III. Dotación presupuestaria.
Anexo IV. Documento de indicadores.
Anexo V. Programa común PC00038 – Transversalización de la igualdad de género
en las políticas activas de empleo.


Destacamos los siguientes aspectos:
  • Se incorporan los servicios garantizados en favor de las personas demandantes de empleo y de la pequeña y mediana empresa. Especial atención a las personas con discapacidad, en situación de exclusión social, con responsabilidades familiares, víctimas del terrorismo y mujeres víctimas de violencia de género y otras formas de violencia contra la mujer.
  • Se ha incorporado un nuevo Programa Común de Transversalización de Igualdad de género que tiene como objetivo favorecerla e integrarla en el diseño, desarrollo y evaluación de las políticas activas de empleo. Se incluye un nuevo «Programa Común PC00038 Transversalización de la igualdad de género en las políticas activas de empleo», que tiene como objetivo favorecer e integrar la transversalidad de género en el diseño, desarrollo y evaluación de las políticas activas de empleo. Este nuevo servicio, surge del Plan de Transversalización de la Igualdad en las políticas activas de empleo (PTI), que se ha elaborado a partir del «informe de diagnóstico sobre el grado de integración de la perspectiva de género en los servicios y programas comunes de las políticas activas de empleo», que contiene también 18 informes concretos sobre cada una de las comunidades autónomas, además de uno adicional estatal.
  • Las comunidades autónomas contarán con una dotación económica para el 2024 lo que les permitirá desarrollar planes plurianuales de formación en alternancia para personas en desempleo de larga duración. Esta formación incluye la formación dual a través de los contratos para la formación y el aprendizaje y los programas públicos mixtos de empleo-formación aprobados por las Administraciones Públicas.
  • Resolución de 1 de junio de 2023, de la Secretaría de Estado de Empleo y Economía Social, por la que se aprueba la convocatoria para la selección de operaciones, en el marco de programas estatales y del tramo estatal de la prioridad Región Ultraperiférica, que se cofinanciarán con el Fondo Social Europeo Plus (FSE+). (Acceso BOE).
El Fondo Social Europeo Plus (FSE+) es un instrumento de la Unión Europea para invertir en las personas. Con un presupuesto total de casi 99 300 millones de euros para el período 2021-2027, el FSE+ seguirá aportando una importante contribución a la política laboral, social, educativa y de formación de la UE, incluidas las reformas estructurales en estos ámbitos.
El FSE+ reúne cuatro instrumentos de financiación separados en el período de programación 2014-20: el Fondo Social Europeo (FSE), el Fondo de Ayuda Europea para las Personas Más Desfavorecidas (FEAD), la Iniciativa de Empleo Juvenil y el Programa de la Unión Europea para el Empleo y la Innovación Social (EaSI).
Esta Resolución tiene por objeto seleccionar, en régimen de concurrencia competitiva, operaciones que recibirán cofinanciación del FSE+, en el marco del cuarto objetivo político de la Política de cohesión de la Unión Europea en el período 2021-2027: Una Europa más social e inclusiva, para la Prioridad 1: Empleo, adaptabilidad, emprendimiento y economía social, del Programa de Empleo Juvenil y del Programa de Empleo, Educación, Formación y Economía Social; la Prioridad 2: Inclusión social y lucha contra la pobreza, del Programa de Inclusión Social, Garantía Infantil y Lucha contra la Pobreza; y la Prioridad 8: Empleo, Inclusión Social y Educación, para la parte RUP del Programa de la Comunidad Autónoma de Canarias.

RECORDATORIO APORTAR DOCUMENTACIÓN COMPLEMENTARIA A TRAVÉS DE IMPORTASS
Si eres autónomo y necesitas aportar documentación complementaria a tu alta para acreditar el cumplimiento de requisitos para el acceso a determinados beneficios, hazlo pinchando aquí.
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CONSULTA LA TARIFA DE PRIMAS POR AT y EP
En materia de accidentes de trabajo (AT) y enfermedades profesionales (EP) será de aplicación la tarifa de primas establecida en la disposición adicional cuarta de la Ley 42/2006, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2007, en la redacción dada por la dispoción final quinta del Real Decreto-Ley 28/2018, de 28 de diciembre.
La cotización a la Seguridad Social de los empresarios, cualquiera que sea el régimen de encuadramiento, y, en su caso, de los trabajadores por cuenta propia incluidos en el Régimen Especial de Trabajadores del Mar y en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios, establecido en el Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, por las contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales se llevará a cabo, a partir del 1 de enero de 2019 y vigencia indefinida, en función de la correspondiente actividad económica, ocupación o situación, mediante la aplicación de la siguiente tarifa:
Esperamos que esta información os resulte de utilidad y quedamos, como siempre, a vuestra disposición.

EAL-CGE
Web: www.eal.economistas.es
E-mail: eal@consejo.economistas.org
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