CabecerasNotasAviso-EAL
Nota de aviso - 25 de octubre de 2022
Estimados/as compañeros/as:

Os presentamos la siguiente información de interés para empresas, trabajadores y autónomos:
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TERCER PLAZO PARA SOLICITAR LAS SUBVENCIONES DE FORMACIÓN PARA PERSONAS DESEMPLEADAS DEL PLAN DE RECUPERACIÓN

    El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo (Fundae) abren el tercer plazo de 2022 para solicitar las subvenciones de formación en sectores estratégicos, dirigidas a desempleados, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR). (Acceso a la Resolución BOE).
    El plazo para la presentación de solicitudes será desde el 24 de octubre hasta el 9 de diciembre de 2022.
    Estas subvenciones apoyan la cobertura de vacantes en sectores estratégicos de interés nacional y financiarán programas formativos de ámbito estatal que incluyan compromisos de contratación de trabajadores desempleados para los años 2022 y 2023.
    Este proyecto está incluido en la Inversión 3 "Adquisición de nuevas competencias para la transformación digital, verde y productiva" dentro del Componente 23 “Nuevas políticas públicas para un mercado de trabajo dinámico, resiliente e inclusivo”, del PRTR.

    MÁS INFORMACIÓN, AQUÍ
    NUEVO ACCESO A LA JUBILACIÓN CON REPRESENTANTE

    Este servicio permite solicitar, por Registro electrónico, la pensión de jubilación nacional en representación de otra persona.
    Permite presentar una solicitud por Registro Electrónico y anexar la documentación necesaria.
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    Una vez realizado el trámite se recibirá un "acuse de recibo" en formato PDF, además, el INSS envía al domicilio del interesado la resolución de la solicitud.
    Se puede consultar la situación en la que se encuentra el trámite de la prestación en el servicio ¿Cómo va mi prestación?.
    Recordatorio.
    El RD 453/2022, que regula la determinación del hecho causante y los efectos económicos de la pensión de jubilación en vigor desde el pasado 16 de junio, afecta a la hora de indicar la fecha de la jubilación.
    En términos generales, la fecha de la jubilación será la fecha que se indique, y en dicha fecha se verificará la situación del interesado (alta en Seguridad Social, no alta o situación asimilada al alta) y los requisitos de acceso a la pensión. No obstante, algunas situaciones tienen sus propias especialidades:
    • Si estás en alta en Seguridad Social por estar trabajando y quieres jubilarte tras el cese en el trabajo, la fecha de jubilación que debes indicar es la del último día que trabajas.
    • Si percibes una prestación o subsidio de desempleo que se ha extinguido o se va a extinguir por cumplir tu edad ordinaria de jubilación, debes indicar el día que cumples dicha edad.
    El cobro de la pensión se inicia siempre a partir del día siguiente al de la fecha de jubilación (salvo que se presente la solicitud transcurridos más de tres meses desde dicha fecha, en cuyo caso los efectos económicos se retrotraen un máximo de tres meses).

    (Más información ver la Nota de aviso EAL de 15 de junio 2022, aquí)
    Esperamos que esta información os resulte de utilidad y quedamos, como siempre, a vuestra disposición.

    EAL-CGE
    Web: www.eal.economistas.es
    E-mail: eal@economistas.org
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