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Nota de aviso - 27 de septiembre de 2022
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Estimados/as compañeros/as:
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Os presentamos la siguiente información de interés para empresas, trabajadores y autónomos:
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PUBLICADOS NUEVOS MODELOS DE CERTIFICACIÓN DE CRÉDITOS LABORALES
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Os informamos que, hoy, 22 de septiembre, se han publicado en el Boletín Oficial de Estado número 232, dos Resoluciones de la Secretaría General del Fondo de Garantía Salarial, por la que se aprueban nuevos modelos de certificación de créditos laborales incluidos en la lista de acreedores del procedimiento concursal, que ha de acompañarse con la solicitud de prestaciones de garantía salarial reguladas en el artículo 33 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
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Estos modelos normalizados de certificación de inclusión de créditos laborales en el concurso de acreedores, dan cumplimiento al artículo 33 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (ver) que establece la obligación de incluir en la solicitud de prestaciones de garantía salarial, un documento a tal efecto, debidamente cumplimentado por el administrador del concurso o por el órgano competente del mismo
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Además, estos modelos cumplen la normativa en materia concursal recientemente aprobada conforme a la Ley 16/2022, de 5 de septiembre, de reforma del texto refundido de la Ley Concursal, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, para la transposición de la Directiva (UE) 2019/1023 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, sobre marcos de reestructuración preventiva, exoneración de deudas e inhabilitaciones, y sobre medidas para aumentar la eficiencia de los procedimientos de reestructuración, insolvencia y exoneración de deudas, y por la que se modifica la Directiva (UE) 2017/1132 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre determinados aspectos del Derecho de sociedades (Directiva sobre reestructuración e insolvencia) (Acceso a normativa BOE)
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FORMULARIOS A PRESENTAR ANTE LA INSPECCIÓN DE TRABAJO
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Os presentamos diversos modelos (en formato pdf y word) a través de los cuales los ciudadanos, empresas o trabajadores autónomos, puedan presentar sus solicitudes (recursos, comunicaciones, denuncias,....) de manera formal (una vez cumplimentados y firmados) en la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
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Esperamos que esta información os resulte de utilidad y quedamos, como siempre, a vuestra disposición.
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