InfoEAL-encabezado
InfoEAL núm 110, 20 de septiembre de 2022
PRÓXIMOS CURSOS EAL-CGE SEPTIEMBRE Y OCTUBRE 2022
Infracción
ASPECTOS CLAVE DE LA REFORMA LABORAL 2022

Fecha: 21 de Septiembre 2022
Horario: De 16:30 a 19:30 horas
Con el siguiente programa:
  1. Los 5 aspectos clave de la reforma laboral del RDL 32/ 2021, de 28 de diciembre.
  2. Novedades en materia de contratación laboral temporal. La supresión del contrato por obra y servicio y nuevas modalidades contractuales.
  3. Modificaciones en materia de negociación colectiva y sobre la contratación y subcontratación intercompany.
  4. Reforma de los ERTES.
  5. Nuevo régimen sancionador
BotonInscripcion-01
PRÁCTICA LABORAL Y SEGURIDAD SOCIAL 4ª EDICIÓN 45 HORAS
Ante el éxito de las ediciones anteriores, lanzamos una nueva edición con los últimos cambios normativos, ya que es necesario conocer de manera pormenorizada la normativa laboral y de la seguridad social.

Inicio: 3 de octubre 2022.
Fin: 16 de diciembre 2022
la-majoria-dels-treballadors-menors-de-35-utilizen-l-smpartphone-com-a-eina-de-feina
Este curso tiene como objetivo realizar un análisis y un estudio pormenorizado de la normativa laboral y de la Seguridad Social actualizada a 2022. Forma a los alumnos en el asesoramiento de las diferentes modalidades de contratación y las posibles incidencias que acontecen en la relación laboral, así como en la interpretación y confección de los recibos de salarios, tipos, bonificaciones, IRPF, documentos de cotización en sistema de Liquidación Directa y el cálculo de las distintas prestaciones de la Seguridad Social.
BotonInscripcion-01
NUEVOS DERECHOS A LOS TRABAJADORES FIJO-DICONTINUOS
CONTRATO OBRA
EL Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo, introduce novedades en el artículo 16.6 del Estatuto de los Trabajadores que afecta a los derechos de los trabajadores fijos discontinuos. Destacamos los siguientes derechos reconocidos a los trabajadores fijo-discontinuos tras la reforma:
  • Tiene derecho a no sufrir perjuicios por el ejercicio de los derechos de conciliación, ausencias con derecho a reserva de puesto de trabajo y otras causas justificadas en base a derechos reconocidos en la ley o los convenios colectivos.
  • Tiene derecho a toda la duración de la relación laboral. Cálculo de la antigüedad por toda la duración de la relación laboral y no del tiempo de servicios efectivamente prestados.
  • Derecho a ejercer las acciones que procedan por falta de llamamiento o cualquier otro incumplimiento relacionados con el llamamiento, iniciándose el plazo para ello desde el momento de la falta de este o desde el momento en que la conociesen.
  • Se le otorga un documento justificativo a los trabajadores de la condición de trabajadores fijos (o FD) cuando concurran las circunstancias de utilización incorrecta de la modalidad de contrato temporal o concatenación de contratos temporales: información a la representación legal de los trabajadores (RLT)en un plazo de diez días siguientes al cumplimiento de los plazos legales para adquirir esta condición (18 en 24 o +18 para el mismo puesto). (art. 15.9 ET).
  • Al inicio de cada año natural, un calendario con las previsiones de llamamiento anual, o, en su caso, semestral de los fijos discontinuos , así como los datos de las altas efectivas (art. 16.3 ET)
  • Información de las vacantes de puestos de trabajo de carácter fijo ordinario a los trabajadores fijos discontinuos y a la representación legal de los trabajadores (art. 16.7 ET)
NUEVOS SERVICIOS SEDE ELECTRÓNICA SEGURIDAD SOCIAL

En la sede electrónica de la Seguridad Social se han actualizado los contenidos y creado nuevos trámites a realizar a través de la sede electrónica, son los siguientes:
Imagen2
  1. Solicitud de revisión médica de la prórroga de incapacidad temporal por mejoría. Este servicio permite solicitar una revisión de la situación de incapacidad temporal en aquellos supuestos en los que el INSS haya emitido una resolución de prórroga de la incapacidad temporal y el trabajador considere que ha recuperado su capacidad laboral antes de la fecha prevista de revisión. En todo caso, deberá acompañar un informe de su médico asistencial que así lo indique. Más información, aquí.
  2. Solicitud de reintegro de prestación por incapacidad temporal abonada en régimen de pago delegado y no deducida en los boletines de cotización. Este servicio, dirigido a las empresas que por colaboración obligatoria proceden al pago delegado de la prestación de incapacidad temporal, según el artículo 102.1.b del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, permite solicitar el reintegro de la prestación de Incapacidad Temporal abonada en pago delegado y no deducida de los seguros sociales. Más información, aquí

  3. Actualizado el listado de servicios con acceso vía SMS. Se ha actualizado el listado de los servicios con acceso a través de sms. Accede al listado, aquí
NOVEDAD. PORTAL DEL DATO
La Seguridad Social pone a disposición de instituciones académicas e investigadores un espacio en el que solicitar el acceso a fuentes de información de la Seguridad Social, así como a estudios e informes realizados a partir de los mismos.
negociacion colectiva
Desde de esta plataforma de datos puedes obtener datos anónimos de empresas y trabajadores sobre procesos de contratación, apertura y cierre de centros de trabajo; vida laboral e información del INE, entre otros datos.
También, ofrece acceso a Salas de Investigación que permiten trabajar con bases de datos y microdatos de la Seguridad Social.
El acceso está limitado y dirigido a Instituciones acreditadas de investigación con el propósito de la realización de estudios en el ámbito de la protección social.
MODELOS Y FORMULARIOS PARA LA PRESENTACIÓN ANTE LA INSPECCIÓN DE TRABAJO A SEGURIDAD SOCIAL
dOMINÓ
A continuación, os presentamos los modelos de formulario oficial en formato word y pdf que pueden utilizar los ciudadanos, empresas o trabajadores autónomos, para presentar sus solicitudes de manera formal (una vez cumplimentados y firmados) en la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
PLAN DE RECUPERACIÓN , TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA. MODELOS DE CONTRATOS
Si tu proyecto incluye un compromiso de contratación y está vinculado al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), puedes recurrir a las distintas modalidades de contratación laboral contempladas en el Estatuto de los Trabajadores.
A continuación, información detallada y acceso a los impresos oficiales de modelos de contratación vigentes:
Plan de reformas
ALERTA SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL
FchGlkSX0AIhQBm
CONSULTAS
question-mark-1872665_640-300x165
CONSULTA DIRECTORIO CONSULTAS EAL*:
FIN CONTRATO FIJO DISCONTINUO ANTES DEL TIEMPO FIJADO
Una empresa ha contratado en el mes de abril un trabajador fijo discontinuo para 6 meses. En el mes de julio baja la producción y quiere darlo de baja ¿se puede dar de baja como periodo de inactividad o se trataría un despido por causas productivas? Entiendo que la duración de la temporada es estimatoria.
RESPUESTA:
En primer lugar deberá consultarse si el convenio colectivo de aplicación recoge alguna particularidad sobre la comunicación de finalización de los periodos de actividad. En caso contrario, según la redacción vigente del art. 16.1 del E.T. el contrato fijo discontinuo se puede celebrar para la realización de trabajos, entre otros, vinculados a actividades productivas de temporada, debiendo figurar en el contrato de trabajo la duración del periodo de actividad, la jornada y su distribución horaria, si bien estos últimos (jornada y distribución horaria) podrán figurar con carácter estimado. Por tanto, entiendo que el periodo de actividad no puede figurar con carácter estimado, sino que deberá concretarse cual es la actividad justificativa de la contratación bajo la modalidad de fijo discontinuos, esto es:
  • La naturaleza estacional de la actividad.
  • La actividad productiva de temporada.
  • Actividad de prestación intermitente de ejecución en periodos ciertos, ya sean determinados o indeterminados.
Una vez finaliza un periodo de actividad, aunque sea con anterioridad al periodo que inicialmente se había establecido en el contrato de trabajo, entiendo que no tiene la consideración de despido si no hay una voluntad extintiva del contrato de trabajo, y si hay una casusa justificativa para proceder a la interrupción anticipada de la actividad y se prevé que habrá un próximo llamamiento al inicio de la próxima temporada, o inicio de la actividad estacional de que se trate. Para ello, en la comunicación escrita del empresario se acreditaran las causas justificativas de la interrupción de la actividad y el compromiso de nuevo llamamiento en la temporada siguiente.

Por el contrario, en el supuesto de que esa reducción de la actividad sea estructural y se prevea que no habrá nuevo llamamiento al inicio de la temporada siguiente, entiendo que deberá procederse a una extinción de contrato por vía del art. 52 c) del E.T.
*Podéis acceder a ésta y a otras consultas en el área privada de la web eal.economistas.es
RECORDATORIO MINISTERIO DE SANIDAD PARA HACER FRENTE AL COVID-19 EN EL ÁMBITO LABORAL

A continuación las principales recomendaciones y procedimientos a seguir en el ámbito laboral para prevenir contagios y la expansión del virus elaborados desde el Ministerio de Sanidad (última actualización abril 2022):
GKBIGGWCRFHBZHO4QIQPWKF7NQ
LEGISLACIÓN
  • Resolución de 9 de septiembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se modifica el Anexo I de la Orden CUD/673/2022, de 13 de julio, por la que se convoca el procedimiento para la adhesión de las entidades al programa Bono Cultural Joven 2022 BOE Nº 226 20/09/2022
  • Resolución de 8 de septiembre de 2022, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se modifica la de 28 de julio de 2022, por la que se convocan pruebas de conocimiento general para el reconocimiento de la capacitación profesional para prestar servicios portuarios de practicaje. BOE Nº 225 19/09/2022
  • Corrección de errores de la Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación. BOE Nº 224 17/09/2022
Accede a los siguientes códigos electrónicos actualizados:
NOTICIAS
  • El empleo sigue al alza Escrivá modificará la reforma de pensiones si lo requiere Bruselas Cinco Días
  • Cuatro países de la UE tienen ya más vacantes de empleo que parados El Economista
  • El Tribunal Supremo declara que la responsabilidad por enfermedad profesional es mancomunada cuando hay sucesivos empleadores Noticias Jurídicas
  • Los accidentes laborales con bicicletas y patinetes se duplican en los últimos seis años Noticias Jurídicas
  • La Seguridad Social correrá con los gastos de la cotización de los becarios El Economista
  • Implicar a la pequeña empresa, clave para el impulso de la FP dual Cinco Días
  • Un consejero ejecutivo del Ibex 35 cobra 6 0 veces más que un empleado El Economista
FORMACIÓN
logo_formacion.fw_
DESTACADOS ON LINE
PieComunicacionesRegistros
favicon_512.fw
facebook twitter linkedin 
No imprimir si no es necesario. Protejamos el Medio Ambiente. Este mensaje contiene información privada y confidencial dirigida únicamente a su destinatario. Si Ud. ha recibido este mensaje por error, le informamos que su uso no autorizado está prohibido legalmente, por lo que le rogamos que lo comunique al remitente por la misma vía y proceda a eliminarlo.
Email Marketing Powered by MailPoet