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Nota de aviso - 22 de septiembre de 2022
Estimados/as compañeros/as:

Os presentamos la siguiente información de interés para empresas, trabajadores y autónomos:
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RECORDATORIO. SISTEMA DE LIQUIDACIÓN DIRECTA
Hoy, 22 de septiembre, se cierra el cargo en cuenta en el Sistema RED y Sistema de Liquidación Directa.
Hasta hoy se pueden comunicar los datos bancarios, enviar y confirmar las liquidaciones.
El Sistema de Liquidación Directa (SLD) tiene unas fechas que se repiten casi todos los meses y que debemos tener presentes a la hora de presentar las liquidaciones de la Seguridad Social.
Mes de Septiembre:
Día 22: Es el último día para el cierre de cargo en cuenta. Hasta ese día se pueden comunicar los datos bancarios, enviar y confirmar las liquidaciones.
Día 24: Primer cierre de oficio en pago electrónico.
Calendario recordatorio
Día 28: Desde el día 28 y hasta el penúltimo día del mes, dada la proximidad del final del plazo reglamentario de ingreso, no se generarán borradores ante nuevos envíos sino que se realizarán cierres y confirmaciones automáticas.
Día 29: El penúltimo día del mes es el último día de plazo reglamentario para presentar los seguros sociales.
Día 30: Último día para el abono de los seguros sociales.
El empresario debe solicitar a la TGSS, entre los días primero y penúltimo natural del plazo reglamentario de ingreso, el cálculo de la liquidación de sus trabajadores. Esta solicitud se puede hacer de dos formas:
  • Enviando una solicitud de borrador en caso de que no exista nueva información con respecto al mes anterior.
  • Enviando un fichero con las bases de cotización de cada trabajador.
La TGSS, una vez solicitado el cálculo de la liquidación por el empresario y en caso de que la información de que disponga sea suficiente y permita realizar el cálculo de la liquidación. En caso contrario, si la información no es suficiente o no permita realizar el cálculo de la liquidación, la TGSS comunicará los errores que impiden realizar el cálculo para su regulación por el empresario. Una vez subsanadas las incidencias, o si no existen, la Seguridad Social emitirá el borrador del documento de cálculo para su confirmación por parte del usuario.
Finalmente, una vez confirmado el borrador, la TGSS calculará la liquidación definitiva y emitirá el recibo de pago.
La empresa podrá ingresar su recibo de manera no presencial, a través de cargo en cuenta o pago electrónico.
El canal de envío y recepción de ficheros e impresión de documentos es SILTRA.
La TGSS permite el envío de ficheros para la cotización, lo que supone la adaptación del programa de nóminas a los requisitos exigidos.
GUÍA PRÁCTICA DEL TRABAJO AUTÓNOMO
A continuación, toda la información de interés para comenzar a trabajar por cuenta propia.

Accede aquí
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Esperamos que esta información os resulte de utilidad y quedamos, como siempre, a vuestra disposición.

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Web: www.eal.economistas.es
E-mail: eal@economistas.org
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