CabecerasNotasAviso-EAL
Nº 20/ 2021 24 de mayo 2021
Estimados/ as compañeros/as:

Os presentamos la siguiente información de especial interés para empresas, trabajadores y autónomos:
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RECORDATORIO AMPLIACIÓN SERVICIOS INSS
Desde la Dirección General del Instituto Nacional de la Seguridad Social nos recuerdan que han ampliado los servicios disponibles en el portal Tu Seguridad Social (TUSS) y que a continuación os presentamos, esperando os resulten de especial interés:
  1. Consulta trámite prestación o pensión. Este nuevo servicio permite consultar la situación en la que se encuentra el trámite de una pensión o una prestación solicitada a este Instituto, identificándose vía sms, sin necesidad de certificado digital.
  2. Certificado integral de prestaciones. Permite obtener, en un único documento, certificados sobre las pensiones percibidas según la información existente en el Registro de Prestaciones Sociales Públicas. Se puede obtener un certificado resumen, de importes desglosado, sin importes, de IRPF, y de revalorización, o en su caso, el de pensiones en baja suspendidas, el certificado negativo de pensionista o para el beneficiario de deducciones.
  3. TUSS. Ampliación servicios a través del acceso como representante. Este acceso permite realizar estas gestiones aunque no dispongamos de Cl@ve permanente o certificado digital, simplemente autorizando a un representante que disponga de alguno de estos métodos de identificación a que las realice en nuestro nombre. Accede al listado de servicios
  4. Registro de Apoderamientos. Con motivo de la entrada en vigor el pasado 2 de abril, de la Orden ISM/189/2021, de 3 de marzo, por la que se regula el Registro electrónico de apoderamientos de la Seguridad Social y, por tanto, han quedado sin efecto todos los poderes otorgados con anterioridad a esta fecha. Este servicio permite a personas físicas, jurídicas o entes sin personalidad jurídica gestionar sus apoderamientos en el ámbito de la Administración de la Seguridad Social y podrá acceder al catálogo de categorías y trámites que puedan ser objeto de apoderamiento, otorgar poderes, realizar consultas y acciones sobre los apoderamientos otorgados, modificar los datos de contacto y modificar los datos de apoderados.
IMPORT@SS NUEVO PORTAL DE LA TESORERÍA. ÁREA PERSONAL.
Como ya os informamos, el pasado 26 de abril, Import@ss es el nuevo Portal de la Tesorería General de la Seguridad Social en el que se ofrece información y 40 servicios de tramitación, además de un área personal en la que, independientemente de la situación laboral actual, se pueden consultar datos de forma personalizada, obtener informes y realizar trámites on line.
tGSS
Os recordamos que en el área personal, puedes revisar el detalle de la cuota de Seguridad Social que se va a cargar en tu cuenta, tramitar un alta de empleado de hogar, obtener tu vida laboral,..... y todo ello desde el propio móvil (vía sms), Cl@ve o certificado digital y así visualizar de forma inmediata todos tus datos, situaciones laborales actuales, vida laboral en la Seguridad Social y situaciones específicas tanto si eres un trabajador/a como un empleador/a de hogar.
Accede a Import@ss aquí
Trabajo nocturno
RECORDATORIO DE LA AEAT CÓMO DECLARAR SI EL SEPE HA COMETIDO ERRORES DURANTE TU SITUACIÓN EN ERTE

La Agencia Tributaria ha elaborado una guía explicativa para aquellos contribuyentes afectados por un ERTE el año pasado, de cara a la campaña vigente de la Renta 2020.
En este documento la Agencia Tributaria distingue las siguientes situaciones:
  • Si el SEPE ha iniciado/completado ya el expediente de reintegro de ese exceso en el momento en que el contribuyente presente su declaración. En este caso, la Agencia Tributaria ya tendrá los datos correctos, la cantidad correcta, y ese importe correcto aparecerá reflejado en los datos fiscales del borrador de la Renta del contribuyente con lo que éste podrá presentar su declaración con normalidad sin necesidad de solicitar rectificaciones posteriores. No obstante, es recomendable revisar muy bien el borrador antes de su confirmación.
  • O si todavía el expediente de reintegro no se ha iniciado En el caso que no se hayan devuelto las cantidades pagadas de más por parte del SEPE ya en este año 2021, o aún no se han devuelto, pero el organismo ya se ha puesto en contacto con el contribuyente y ha iniciado el procedimiento de regularización, también podrá hacer el contribuyente su Declaración sin preocuparse de presentar después ninguna declaración complementaria o sustitutiva. El SEPE lo comunicará a la Agencia Tributaria y en los datos fiscales la Agencia informará al contribuyente de los dos importes, el inicialmente abonado por el SEPE y el de la devolución ya practicada, o pendiente de realizar por el contribuyente al SEPE. De nuevo, recordar que conviene revisar el borrador y si está de acuerdo con las cuantías a reintegrar que el contribuyente confirme el borrador.
  • En el caso que que el SEPE aún no ha iniciado el trámite para regularizar el error o no lo ha comunicado a la Agencia Tributaria que ha detectado cuantías indebidamente percibidas, la AEAT informará al contribuyente en los datos fiscales de que existe una cantidad pendiente de devolución al SEPE, pero no podrá concretar su cuantía al no conocerla. Figurará en Renta Web el apartado correspondiente a las cuantías indebidamente percibidas pagadas por el SEPE por ERTE,
    pero sin importe. En último término, se podrá presentar la declaración y, a posteriori, solicitar una rectificación para recuperar lo pagado de más en el IRPF.
Igualmente, si el contribuyente no está de acuerdo con la información que el SEPE le ha trasladado a la Agencia Tributaria, siempre puede reclamar al SEPE y presentar una declaración complementaria una vez que tenga una respuesta.
Esperamos que esta información os resulte de utilidad y quedamos, como siempre, a vuestra disposición.

EAL-CGE
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E-mail: eal@economistas.org
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