CabecerasNotasAviso-EAL
Nota de aviso - 25 de enero de 2022
Estimados/as compañeros/as:

Os presentamos la siguiente información de interés para empresas, trabajadores y autónomos:

BOLETÍN DE NOTICIAS RED NÚMERO 2/ 2022 ENERO
Os presentamos el último boletín RED: Boletín de noticias RED Nº 2/ 2022 con información de interés para los autorizados RED y sobre la remisión electrónica de documentos y trámites con la Tesorería General de la Seguridad Social.
Este boletín incluye la actualización del programa SILTRA, aclaraciones sobre la incorporación de los datos de la cabecera de cobro por ventanilla única y la actualización de oficio de liquidaciones de cuotas.

Destacamos los siguientes aspectos:
  1. Publicación nueva versión SILTRA 3.1.0. A partir del próximo 31 de enero se publicará la nueva versión de SILTRA 3.1.0.
    Para actualizar SILTRA a esta última versión 3.1.0, en esta ocasión y de manera excepcional, será necesario descargar manualmente la actualización de la web de la Seguridad Social en la siguiente ruta: Sistema RED/Sistema de liquidación Directa/Sofware/SILTRA . También se ha actualizado el manual de uso: Sistema RED/Sistema de liquidación Directa/Documentacion/Manuales de Usuario/Manuales SILTRA. Se deberá guardar en el equipo el archivo ejecutable “SILTRA 3.1.0 actualización.exe” que , se deberá ejecutar y seguir los pasos que muestre el asistente de instalación. Estos pasos son idénticos a los que muestra el asistente cuando la descarga de la actualización se ha realizado de manera automática
La aplicación SILTRA permite el envío de comunicaciones y la recepción de las mismas rápidamente y sin necesidad de ningún documento físico. En concreto permite remitir, la Relación Nominal de trabajadores que detalla la relación de trabajadores de una o varias empresa con sus bases de cotizaciones y particularidades; el Recibo de Liquidaciones de cotizaciones que nos informa del importe final a cotizar por estas cotizaciones enviadas y el Documento de Cálculo de la Liquidación puede realizarse por la cuota total a pagar, o bien la cuota empresarial o de los trabajadores incluidos en la liquidación.
La aplicación SILTRA permite también realizar consultas en cualquier momento sobre las cotizaciones de una empresa o trabajador determinado. De esta forma asegura su correcta gestión y evita cualquier sanción. Mediante los buzones de correo de entrada y salida el archivo de las comunicaciones se realiza de forma más fácil y cómoda.
La realización de los pagos, cambio de cuenta corriente y obtención de recibos también se gestiona de forma rápida.
Esta nueva versión incluye las siguientes modificaciones que afectan al ámbito de la afiliación (INSS) y a la cotización:

En el ámbito de afiliación:
  • Incorpora la posibilidad de selección múltiple de ficheros AFI para su validación y envío. La misma posibilidad se ha incorporado para los ficheros FDI.
  • Nuevos campos DECLARACIÓN RESPONSABLE FORMACIÓN y APLICACIÓN EXENCIONES TRABAJADOR.
  • Se incorporan las modificaciones descritas en el BNR 7/2021, de 10 de diciembre de 2021, referidas a las modificaciones de los ficheros AFI, FRA y CFA.
  • Modificación de regla de validación de afiliación de Control de fechas. Se ha adaptado el control de fechas que realiza SILTRA en la validación de los ficheros AFI a los nuevos plazos de comunicación de variaciones de datos publicados en el BNR 7/2021, de 10 de diciembre de 2021.
  • Actualización tabla T-41 TIPO DE INACTIVIDAD Incorporación de nuevos valores.
  • Actualización de la tabla T-49 TIPO DE PECULIARIDAD DE COTIZACIÓN. Se incluye un nuevo valor 56 – Cotización adicional contrato temporal inferior a 30 días
  • Actualización de la tabla T-67 COLECTIVO ESPECIAL CCC. Se incluyen nuevos valores y se modifican los literales de otros.
  • Actualización de la tabla T-97 VÍNCULO FAMILIAR. Se actualiza dicha tabla eliminando algunos valores que no corresponden e incluyendo otros nuevos.
  • Nuevos asuntos de comunicaciones masivas: NTBJ – Anulación asignación de NAF por eliminación de alta y NTBK – Anulación asignación de NAF.
  • En el módulo del INSS, se ha modificado la validación de los campos NÚMERO DE COLEGIADO y CIAS para que se acepten los partes médicos de baja y alta sin que se cumplimenten ninguno de estos dos campos
En el ámbito de cotización: Incorpora el tratamiento del nuevo esquema de fichero CEL (Consulta del Estado de las Liquidaciones).

2. Incorporación de los datos de la cabecera de cobro por ventanilla en el fichero CEL (Consulta estado de liquidaciones). Este fichero es fruto de los planteamientos de
algunos usuarios de obtener un fichero que les facilite su gestión interna con las Entidades Financieras para el ingreso de las cuotas de las liquidaciones confirmadas con modo de pago electrónico, se ha procedido a incluir en el fichero CEL (Consulta del Estado de las Liquidaciones) los datos de la cabecera de cobro por ventanilla. De esta manera, una vez confirmadas las liquidaciones con este modo de pago, el usuario podrá solicitar a través del Servicio de Consulta del Estado de las Liquidaciones el fichero CEL en el que se incluirán los datos de la referencia de cobro por ventanilla de todas las liquidaciones confirmadas con modo de pago electrónico. Este fichero podrá exportarse a formato OpenDocument que permite la explotación de los datos por parte del usuario según sus necesidades. Esta modificación del esquema del fichero CEL se implementará próximamente. Se informará por los canales habituales de la fecha concreta de puesta en producción.
La nueva versión de SILTRA ya lleva incorporada esta nueva versión 1.2.0 de esquema de fichero CEL. Se procede a modificar el Manual de Instrucciones Técnicas.


3. Actualización de oficio de liquidaciones de cuotas. Procedimiento de remisión de la información.
A partir de este mes, se ha implantado a través del sistema RED, un requerimiento a los empresarios de los datos precisos para la comprobación de determinadas liquidaciones de cuotas practicadas a través del Sistema de Liquidación Directa .
A través de este procedimiento, similar al establecido para las presentaciones de liquidaciones de cuotas en plazo reglamentario, el autorizado al Sistema RED deberá remitir a la TGSS los datos necesarios que permitan el cálculo completo de las liquidaciones de cuotas que sean objeto de comprobación.
Únicamente se deberá utilizar este procedimiento en aquellos casos en los que la TGSS lo requiera, debiendo enviar el autorizado al Sistema RED exclusivamente la información requerida para el cálculo de la liquidación de cuotas de los trabajadores que determine en cada momento la propia TGSS. No se tendrá en cuenta, en consecuencia, la información que se pueda remitir respecto a los trabajadores respecto de los que no se requiera información.
Las especificaciones de este nuevo procedimiento ya se recogieron en el Boletín RED Nº 7 de 10 de diciembre 2021.

RECORDATORIO CERTIFICADOS DIGITALES O CL@VE PARA REALIZAR TRÁMITES CON LA SEGURIDAD SOCIAL
Os recordamos que para acceder a la oficina virtual de la Seguridad Social desde la Sede Electrónica y el portal Tu Seguridad Social y a su catálogo completo con las máximas condiciones de seguridad se necesita un certificado digital válido o estar registrados en la plataforma Cl@ve.
Reforma laboral
CERTIFICADOS DIGITALES: FNMT Y ACGISS
  • La Seguridad Social ofrece al ciudadano la posibilidad de gestionar la obtención del certificado personal de la Fábrica Nacional de la Moneda y Timbre (FNMT-RCM), uno de los más habituales y más comúnmente aceptados y en el que la Seguridad Social actúa como Autoridad de Registro de la FNMT.
  • A continuación una guía para obtener este certificado que también se puede obtener a través de la página web de la FNMT con los pasos a seguir para su obtención y acceso al resto de información, preguntas frecuentes, etc. (ver)
  • La Autoridad de Certificación de la Gerencia de Informática de la Seguridad Social (ACGISS) emite certificados electrónicos incluidos en el ámbito de la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público y sirven para la identificación y actuación automatizada de la Seguridad Social, así como para posibilitar la actuación electrónica de sus empleados públicos pero sólo dentro del ámbito interno de la Seguridad Social, no estando dirigidos por tanto, al público en general.
  • Además, de estos certificados, la Sede Electrónica de la Seguridad Social permite el uso de otros certificados (consultar aquí).
PLA TAFORMA CL@VE
  • Este sistema consiste en una plataforma de verificación de identidades electrónicas, es decir, nos permite identificarnos ante las Administraciones Públicas con plenas garantías de seguridad.
  • Cl@ve es un sistema orientado a unificar y simplificar el acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, permite identificarse ante la Administración mediante claves concertadas (usuario más contraseña), sin tener que recordar claves diferentes para acceder a los distintos servicios.
  • Hay que registrarse y se puede hacer por 3 vías (ver).
  • Si no dispone de certificado electrónico, puede registrarse por Internet solicitando la carta de invitación que será enviada por correo postal a su domicilio fiscal. Se trata de un registro de nivel básico y, por tanto, no permite acceder a todos los servicios electrónicos ni utilizar Cl@ve firma.
  • Si dispone de certificado o DNI electrónico puede registrarse en el sistema Cl@ve a través de internet.(Ver)Es un registro de nivel avanzado que ofrece acceso al catálogo completo de servicios.
  • Presencialmente en una Oficina de Registro. Es un registro de nivel avanzado lo que le permitirá el nivel mayor de acceso a trámites y servicios. (Acceso a oficinas de registro Cl@ve).
  • Más información, aquí
Estos métodos sirven para garantizar nuestra identidad y facilitan el acceso a multitud de trámites y servicios electrónicos más allá de la Seguridad Social: hacer gestiones relacionadas con la Agencia Tributaria (como presentar la declaración de la Renta), Tráfico, Justicia y, en general, con todos los ámbitos de la Administración.
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PUBLICACIÓN BOE PROCEDIMIENTOS TELEMÁTICOS DE SOLICITUD DE PRESTACIONES DEL RÉGIMEN ESPECIAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL DE LOS TRABAJADORES DEL MAR
Hoy, 25 de enero, se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado número 21, la Resolución de 17 de enero de 2022, del Instituto Social de la Marina (ISM), por la que se regula la automatización de ciertos actos y actuaciones en los procedimientos para el reconocimiento de determinadas prestaciones del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar (Accede aquí)

Esta Resolución tiene por objeto regular la realización automatizada de determinados actos y actuaciones utilizando como sistema de firma el sello electrónico de la entidad en los procedimientos para el reconocimiento de las siguientes prestaciones del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar:
  • Las pensiones de jubilación en su modalidad contributiva tramitadas a través de la aplicación informática PRESMAR (gestión de las prestaciones de jubilación y de incapacidad temporal del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores
    del Mar).
  • Las prestaciones de muerte y supervivencia, tramitadas a través de la aplicación informática ALFA (tramitación y cálculo de las prestaciones económicas contributivas de muerte y supervivencia y auxilio por defunción del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores
    del Mar).
  • Las prestaciones de nacimiento y cuidado de menor e incapacidad temporal tramitadas a través de la aplicación informática INCA (tramitación y cálculo de las prestaciones de nacimiento y cuidado de menor e incapacidad temporal del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores
    del Mar).
Los actos y actuaciones que, en el marco de dichos procedimientos y en los términos previstos en esta resolución, podrá automatizar el Instituto Social de la Marina utilizando como sistema de firma el sello electrónico de la entidad, serán las comunicaciones de todos los actos necesarios para la ordenación e instrucción del procedimiento y la resolución de mismo.

Entrada en vigor La presente resolución entrará en vigor el día 15 de febrero de 2022 respecto de las prestaciones de nacimiento y cuidado del menor e incapacidad temporal y el 1 de marzo de 2022 respecto de las prestaciones de jubilación y muerte y supervivencia.
ISM EN TU BOLSILLO
Os presentamos una aplicación dirigida a las personas pertenecientes al Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar, diseñada para facilitar la realización de todos los trámites y gestiones con el Instituto Social de la Marina a través de la propia aplicación en cualquier momento desde un dispositivo móvil.

Más información, aquí
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Esperamos que esta información os resulte de utilidad y quedamos, como siempre, a vuestra disposición.

EAL-CGE
Web: www.eal.economistas.es
E-mail: eal@economistas.org
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