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InfoEAL núm 84, 22 de noviembre 2021
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APROBADO PLAN ESTRÁTEGICO DE LA INSPECCIÓN DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL 2021-2023
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Con el objeto de modernizar y reforzar la labor de la Inspección de Trabajo, se aprobó en el Consejo de Ministros del pasado 16 de noviembre: el Plan Estratégico de la Inspección de Trabajo y la Seguridad Social 2021-2023.
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Este plan contempla fortalecer la institución con importantes transformaciones estructurales que permitirán readaptar su actividad, sobre todo teniendo en cuenta los sustanciales cambios económicos y sociales, que se han visto acelerados con la pandemia.
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Incluye mejoras estructurales y operativas, que reforzarán y ampliarán el peso de la actuación inspectora en el proceso de recuperación, entre las que destacan las siguientes:
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- La creación de la Oficina Estatal de Lucha Contra la Discriminación, que aboga por combatir de forma real y eficaz todo tipo de discriminación, ya sea de género, por discapacidad o condición sexual, entre otros.
- Se configura una Unidad especial centrada en la Lucha Contra el Fraude en el Trabajo Transnacional, entre cuyos cometidos se encuentra detectar empresas buzón radicadas en España y que operan en otros países de la Unión Europea y viceversa.
- Impulso a las nuevas tecnologías y el big data en el diseño de las actuaciones inspectoras e incorporar los perfiles necesarios para hacer frente a los nuevos retos que surgen por una mayor movilidad laboral, tales como el trabajo en plataformas digitales, el comercio electrónico, las cadenas globales de suministro o las nuevas condiciones de trabajo.
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JURISPRUDENCIA. DESPIDO DE UN TRABAJADOR ESTANDO DE BAJA
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A continuación, os presentamos un comentario sobre una sentencia de interés del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña sobre la calificación del despido de un empleado que acumuló varias bajas.
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CÓMO PRESENTAR UNA DENUNCIA FORMAL ANTE LA INSPECCIÓN DE TRABAJO
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Toda persona que tenga conocimiento de hechos que pudieran constituir infracción en materias competencia de la ITSS (laboral, seguridad y salud laboral, seguridad social, empleo, etc.) puede reclamar los servicios de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
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El Real Decreto 688/2021, de 3 de agosto, por el que se modifica el Reglamento general sobre procedimientos para la imposición de sanciones por infracciones de orden social y para los expedientes liquidatorios de cuotas de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 928/1998, de 14 de mayo, señala que se consideran infracciones en el orden social las acciones y omisiones de los sujetos responsables (personas físicas o jurídicas y comunidades de bienes) tipificadas y sancionadas en la normativa del orden social. Las infracciones se califican como leves, graves y muy graves y se sancionan a propuesta de la Inspección de Trabajo, previa instrucción del oportuno expediente y conforme al procedimiento administrativo especial establecido en el Real Decreto 928/1998, por el que se aprueba el Reglamento General sobre procedimientos para la imposición de sanciones por infracciones de orden social.
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CONSULTA DIRECTORIO CONSULTAS EAL*:
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Concatenación contratos temporales y vacaciones
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Si hacemos un contrato a una persona para una sustitución que finaliza el 24 de noviembre, por este trabajo se le finiquitan unas vacaciones no disfrutadas ( 2 días que se comunica a la Seguridad Social) . ¿Podríamos volver a contratar a esta persona para otra sustitución desde el día 25 de octubre?. La duda radica en las comunicaciones a la Seguridad Social, ¿ hay que hacer baja el 24 y alta el 25 si son sustituciones diferentes? ¿Cómo afecta esto a los días de vacaciones que se comunican que no se disfrutan y se pagan?.
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Sin perjuicio de lo establecido en el art. 15.5 del Estatuto de los Trabajadores sobre concatenación de contratos temporales, y salvo que el convenio colectivo de aplicación establezca alguna limitación en la concatenación de contratos temporales incluidos los formativos, de relevo e interinidad, se pueden concatenar 2 contratos de interinidad. En tal caso, deberán realizarse los movimientos a la Seguridad Social de baja y alta coincidentes con las fechas de fin de contrato e inicio del contrato respectivamente, así como comunicar la formalización de dichos contratos al Contrat@. Así mismo, si en la liquidación del primer contrato se abonan días de vacaciones no disfrutadas, deberá realizarse la correspondiente cotización a la Seguridad Social mediante una liquidación complementaria (L13), no habiendo ningún problema en que se superpongan los días cotizados por los días de vacaciones retribuidos en la liquidación del primer contrato, y los días de trabajo del segundo contrato.
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*Podéis acceder a ésta y a otras consultas en el área privada de la web eal.economistas.es
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RECORDATORIO MINISTERIO DE SANIDAD PARA HACER FRENTE AL COVID-19 EN EL ÁMBITO LABORAL
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A continuación las principales recomendaciones y procedimientos a seguir en el ámbito laboral para prevenir contagios y la expansión del virus elaborados desde el Ministerio de Sanidad:
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- Orden ISM/1270/2021, de 11 de noviembre, por la que se fijan para el ejercicio 2021 las bases normalizadas de cotización a la Seguridad Social, por contingencias comunes, en el Régimen Especial de la Seguridad Social para la Minería del Carbón BOE Nº 278 20/11/2021
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- Orden ISM/1261/2021, de 16 de noviembre, por la que se regulan las operaciones de cierre del ejercicio 2021 para las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social BOE Nº 277 19/11/2021
Accede a los siguientes códigos electrónicos actualizados:
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- La brecha de sueldos entre convenios de empresa y colectivos sube un 42%. El Economista
- Nadia Calviño pide el apoyo de la patronal para la reforma laboral. El Economista
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- Mecanismo de Equidad Intergeneracional: qué es, cómo te afecta y cuándo comienza a aplicarse 65&más
- El tijeretazo de Escrivá baja 1.800 millones la aportación a los planes. El Economista
- Instrucciones para acogerse al régimen de devolución mensual del IVA como autónomo o pyme Cinco Días
- Reforma Laboral. Las pymes no podrán tener más del 8% de plantilla como temporales. El Períódico
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Así es el complemento que pagará la 'reforma Escrivá' en la pensión de los prejubilados en 2022. El Economista
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- ¿Tiene pagas extra el subsidio para mayores de 52 años?. La Razón
- Un Tribunal declara nulo el despido de una trabajadora por dar positivo en Covid durante el periodo de prueba Noticias Jurídicas
- Calcula la base reguladora de tu pensión con el nuevo servicio de la Seguridad Social. Cinco Días
- El derecho a la desconexión laboral sigue sin respetarse El País
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