InfoEAL-encabezado
InfoEAL núm 84, 22 de noviembre 2021
APROBADO PLAN ESTRÁTEGICO DE LA INSPECCIÓN DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL 2021-2023
Con el objeto de modernizar y reforzar la labor de la Inspección de Trabajo, se aprobó en el Consejo de Ministros del pasado 16 de noviembre: el
Referencia Consejo de Ministros 16/11/2021
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Este plan contempla fortalecer la institución con importantes transformaciones estructurales que permitirán readaptar su actividad, sobre todo teniendo en cuenta los sustanciales cambios económicos y sociales, que se han visto acelerados con la pandemia.
Incluye mejoras estructurales y operativas, que reforzarán y ampliarán el peso de la actuación inspectora en el proceso de recuperación, entre las que destacan las siguientes:
  • La creación de la Oficina Estatal de Lucha Contra la Discriminación, que aboga por combatir de forma real y eficaz todo tipo de discriminación, ya sea de género, por discapacidad o condición sexual, entre otros.
  • Se configura una Unidad especial centrada en la Lucha Contra el Fraude en el Trabajo Transnacional, entre cuyos cometidos se encuentra detectar empresas buzón radicadas en España y que operan en otros países de la Unión Europea y viceversa.
  • Impulso a las nuevas tecnologías y el big data en el diseño de las actuaciones inspectoras e incorporar los perfiles necesarios para hacer frente a los nuevos retos que surgen por una mayor movilidad laboral, tales como el trabajo en plataformas digitales, el comercio electrónico, las cadenas globales de suministro o las nuevas condiciones de trabajo.
Más información
JURISPRUDENCIA. DESPIDO DE UN TRABAJADOR ESTANDO DE BAJA
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A continuación, os presentamos un comentario sobre una sentencia de interés del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña sobre la calificación del despido de un empleado que acumuló varias bajas.

Accede al comentario, aquí
CÓMO PRESENTAR UNA DENUNCIA FORMAL ANTE LA INSPECCIÓN DE TRABAJO
Toda persona que tenga conocimiento de hechos que pudieran constituir infracción en materias competencia de la ITSS (laboral, seguridad y salud laboral, seguridad social, empleo, etc.) puede reclamar los servicios de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
Infracción
El Real Decreto 688/2021, de 3 de agosto, por el que se modifica el Reglamento general sobre procedimientos para la imposición de sanciones por infracciones de orden social y para los expedientes liquidatorios de cuotas de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 928/1998, de 14 de mayo, señala que se consideran infracciones en el orden social las acciones y omisiones de los sujetos responsables (personas físicas o jurídicas y comunidades de bienes) tipificadas y sancionadas en la normativa del orden social. Las infracciones se califican como leves, graves y muy graves y se sancionan a propuesta de la Inspección de Trabajo, previa instrucción del oportuno expediente y conforme al procedimiento administrativo especial establecido en el Real Decreto 928/1998, por el que se aprueba el Reglamento General sobre procedimientos para la imposición de sanciones por infracciones de orden social.

CONSULTAS

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CONSULTA DIRECTORIO CONSULTAS EAL*:
Concatenación contratos temporales y vacaciones
Si hacemos un contrato a una persona para una sustitución que finaliza el 24 de noviembre, por este trabajo se le finiquitan unas vacaciones no disfrutadas ( 2 días que se comunica a la Seguridad Social) . ¿Podríamos volver a contratar a esta persona para otra sustitución desde el día 25 de octubre?. La duda radica en las comunicaciones a la Seguridad Social, ¿ hay que hacer baja el 24 y alta el 25 si son sustituciones diferentes? ¿Cómo afecta esto a los días de vacaciones que se comunican que no se disfrutan y se pagan?.
RESPUESTA:
Sin perjuicio de lo establecido en el art. 15.5 del Estatuto de los Trabajadores sobre concatenación de contratos temporales, y salvo que el convenio colectivo de aplicación establezca alguna limitación en la concatenación de contratos temporales incluidos los formativos, de relevo e interinidad, se pueden concatenar 2 contratos de interinidad. En tal caso, deberán realizarse los movimientos a la Seguridad Social de baja y alta coincidentes con las fechas de fin de contrato e inicio del contrato respectivamente, así como comunicar la formalización de dichos contratos al Contrat@. Así mismo, si en la liquidación del primer contrato se abonan días de vacaciones no disfrutadas, deberá realizarse la correspondiente cotización a la Seguridad Social mediante una liquidación complementaria (L13), no habiendo ningún problema en que se superpongan los días cotizados por los días de vacaciones retribuidos en la liquidación del primer contrato, y los días de trabajo del segundo contrato.
*Podéis acceder a ésta y a otras consultas en el área privada de la web eal.economistas.es
RECORDATORIO MINISTERIO DE SANIDAD PARA HACER FRENTE AL COVID-19 EN EL ÁMBITO LABORAL

A continuación las principales recomendaciones y procedimientos a seguir en el ámbito laboral para prevenir contagios y la expansión del virus elaborados desde el Ministerio de Sanidad:
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LEGISLACIÓN

  • Orden ISM/1270/2021, de 11 de noviembre, por la que se fijan para el ejercicio 2021 las bases normalizadas de cotización a la Seguridad Social, por contingencias comunes, en el Régimen Especial de la Seguridad Social para la Minería del Carbón BOE Nº 278 20/11/2021
BOE
  • Orden ISM/1261/2021, de 16 de noviembre, por la que se regulan las operaciones de cierre del ejercicio 2021 para las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social BOE Nº 277 19/11/2021
Accede a los siguientes códigos electrónicos actualizados:

NOTICIAS

News
  • La brecha de sueldos entre convenios de empresa y colectivos sube un 42%. El Economista
  • Nadia Calviño pide el apoyo de la patronal para la reforma laboral. El Economista
  • Mecanismo de Equidad Intergeneracional: qué es, cómo te afecta y cuándo comienza a aplicarse 65&más
  • El tijeretazo de Escrivá baja 1.800 millones la aportación a los planes. El Economista
  • Instrucciones para acogerse al régimen de devolución mensual del IVA como autónomo o pyme Cinco Días
  • Reforma Laboral. Las pymes no podrán tener más del 8% de plantilla como temporales. El Períódico
  • Así es el complemento que pagará la 'reforma Escrivá' en la pensión de los prejubilados en 2022. El Economista
  • ¿Tiene pagas extra el subsidio para mayores de 52 años?. La Razón
  • Un Tribunal declara nulo el despido de una trabajadora por dar positivo en Covid durante el periodo de prueba Noticias Jurídicas
  • Calcula la base reguladora de tu pensión con el nuevo servicio de la Seguridad Social. Cinco Días
  • El derecho a la desconexión laboral sigue sin respetarse El País

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