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NOTA DE AVISO EAL - 21 de Enero de 2019
Estimad@s compañer@s:
Os informamos de la publicación en el Boletín Oficial del Estado número 18, de la Resolución de 8 de enero de 2020, de la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social, por la que se modifica la de 2 de agosto de 2019, por la que se establecen los términos para la aplicación a las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social de los coeficientes para la gestión de la prestación económica de incapacidad temporal derivada de contingencias comunes de los trabajadores por cuenta ajena de las empresas asociadas.

Acceso a la Resolución

Con esta Resolución se modifica el modelo 7 del anexo de la Resolución de 2 de agosto de 2019 (ver), de esta Dirección General, el cual se sustituye por el que se incorpora como anexo de esta Resolución.
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RECORDATORIO MODELOS A PRESENTAR POR LOS AUTÓNOMOS ANTES DEL 31 DE ENERO 2020
Hasta el 30 de enero 2020:
  • Modelo 130: IRPF autónomos estimación directa normal o simplificada.
  • Modelo 131: IRPF autónomos estimación objetiva (módulos).
  • Modelo 303: Declaración trimestral del IVA (diferencia entre IVA repercutido e IVA soportado).
  • Modelo 349: Solo si se trata de operaciones de compraventa de bienes o servicios a nivel intracomunitario.
  • Modelo 390: Resumen anual de IVA.
  • Modelo 309: Autoliquidaciones no periódicas de IVA ( por ejemplo, entrega de bienes de inversión inmobiliaria).
Hasta el 31 de enero 2020:
  • Modelo 180: Resumen de toda la información relativa a las retenciones practicadas a los alquileres de inmuebles urbanos en los que se desarrolla la actividad empresarial.
  • Modelo 190: Resumen de toda la información sobre las retenciones practicadas a los trabajadores, empresarios o a profesionales autónomos mediante factura.
  • Modelo 184: Se ha de presentar por aquellas entidades en régimen de atribución de rentas que realicen una actividad económica en España y cuyas rentas superen los 3.000€.
  • Modelo 179: Solo si eres un autónomo dedicado al alquiler de vivienda para fines turísticos.
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Esperamos que esta información os resulte de utilidad y quedamos, como siempre, a vuestra disposición.
EAL-CGE

Web: www.eal.economistas.es

E-mail: eal@economistas.org
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