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NOTA DE AVISO EAL - 23 de diciembre de 2019
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Os presentamos un comentario sobre una reciente sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía que responde a la cuestión sobre qué sucede si se tiene un ingreso extraordinario como una herencia o donación, rescatar un plan de pensiones, la venta de propiedades, ganar un premio de lotería,...... en el caso de ser beneficiario de un subsidio por desempleo.
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Podéis acceder al comentario desde ANÁLISIS JURISPRUDENCIAL del apartado NORMATIVA del área privada de la web www.eal.economistas.es o pinchando aquí
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Esperamos que este documento os resulte de utilidad y quedamos, como siempre, a vuestra disposición.
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E-mail: eal@economistas.org
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