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NOTA DE AVISO EAL - 27 de Mayo de 2020
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PUBLICACIÓN DEL REAL DECRETO-LEY 19/ 2020, DE 26 DE MAYO, POR EL QUE SE ADOPTAN MEDIDAS COMPLEMENTARIAS EN MATERIA AGRARIA, CIENTÍFICA, ECONÓMICA, DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Y TRIBUTARIAS PARA PALIAR LOS EFECTOS DEL COVID-19
Se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado número 150 el Real Decreto-ley 19/2020, de 26 de mayo, por el que se adoptan medidas complementarias en materia agraria, científica, económica, de empleo y Seguridad Social y tributarias para paliar los efectos del COVID-19 que prorroga la vigencia de algunas de las normas ya adoptadas para paliar el impacto económico causado por el COVID-19, establece otras nuevas para diferentes sectores y completa medidas ya publicadas que afectan a los ámbitos agrario, científico, económico, laboral y de la Seguridad Social y tributario.

Este Real Decreto-Ley se compone de un preámbulo, 12 artículos, 3 Disposiciones Adicionales, 4 Disposiciones Transitorias, 1 Disposición Derogatoria y 17 Disposiciones Finales

Acceso a normativa BOE

Las medidas adoptadas en este Real Decreto-ley están orientadas a reforzar la protección de los trabajadores, las familias y los colectivos vulnerables (sanitarios) apoyar la continuidad en la actividad productiva en determinados sectores (agrario y turismo), el mantenimiento del empleo y reforzar la lucha contra la crisis sanitaria.

Destacamos las siguientes medidas que a continuación se desarrollan en un documento resumen de las mismas.
  • Aumenta a cuatro meses el periodo de aplazamiento de impuestos para pymes y autónomos sin intereses.
  • Se aprueba un préstamo de 16.500 millones a la Tesorería General de la Seguridad Social y un crédito extraordinario de 14.000 millones.
  • Se amplía la cobertura al personal de los centros sanitarios que haya contraído el virus para que sus prestaciones se consideren contingencia profesional derivadas de accidente de trabajo.
  • Se prorroga tres meses la flexibilización para cubrir el empleo temporal agrario y se facilita un permiso de trabajo de dos años a jóvenes extranjeros empleados en el campo. Ampliación hasta el 30 de septiembre 2020.
  • Impulso a la reactivación de los sectores del comercio y del turismo.
  • Se levanta la suspensión de la portabilidad telefónica y se facilita un procedimiento para el abono de los impagos a las operadoras.
A continuación un documento con las medidas que afectan al ámbito laboral y a la Seguridad Social, pinchando aquí.

Este Real Decreto-ley entrara en vigor, mañana, 28 de mayo, dia siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
¿QUÉ CAUSAS PUEDEN MOTIVAR UN RETRASO EN EL RECONOCIMIENTO DE UN ERTE Y CÓMO SE PUEDEN SUBSANAR?
El Servicio de Empleo Público Estatal, SEPE, ha publicado en su we (www.sepe.es) una guía rápida para que se puedan identificar los posibles errores, así como su vía de solución, cometidos en el reconocimiento de las prestaciones de un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE).

Las comunicaciones deben dirigirse a la Dirección Provincial correspondiente por registro electrónico común, describiendo en el campo “Expone” el motivo de la remisión del nuevo Excel.

Listado posibles errores y cómo subsanarlos, pinchando aquí
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GRABACIÓN WEBINAR-DESESCALADA ERTE: A PRÓPOSITO DEL REAL DECRETO-LEY 18/2020 DE12 DE MAYO DE MEDIDAS EN DEFENSA DEL EMPLEO

Desde una perspectiva eminentemente práctica, se analizaron las últimas novedades introducidas por el Real Decreto- Ley 18 /2020, de 12 de mayo de medidas en defensa del empleo.

Este webinar clarifica las especialidades introducidas por el RD-Ley 18/2020 en relación a los trámites a seguir por las empresas que están reanudando su actividad, comunicaciones al SEPE y a la TGSS, el regimen de las exoneraciones de cuotas a la Seguridad Social y otros aspectos de interés para empresas y trabajadores.

Programa:
1.-Análisis del RDLey 18/2020, de 12 de mayo.
1.1.-Desescalada ERTE Fuerza Mayor.
1.2.-Desescalada ERTE causas ETOP.
1.3.- Incidencia de la desescalada de los ERTE en exoneraciones de cuotas empresariales a la Seguridad Social (Fuerza Mayor) y prestaciones por desempleo (Fuerza Mayor y causas ETOP).
1.4.- Compromiso del mantenimiento del empleo
1.5.- Otros
2.- Preguntas

Más información

Ínscribete a al grabación, pinchando aquí

Esperamos que esta información os resulte de utilidad y quedamos, como siempre, a vuestra disposición.
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E-mail: eal@economistas.org
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